Hay que partir de la idea que un alumno se matriculó en una universidad con clases presenciales, porque desechó el estudiar de manera «on line» en otra institución.
Luego, al momento de matricularse en una universidad no solo se espera que esta otorgue el servicio de enseñanza, sino que además este sea brindado en un «ambiente académico».
Ambiente académico que no solo otorga la posibilidad de aprender presencialmente en una universidad, sino que además, permite al alumno beneficiarse de la infraestructura de la misma, conformada por los servicios de bibliotecas, áreas verdes, salas de clases, servicios higiénicos, de casino y un largo etc.lntentar brindar «clases» de manera online por parte de las universidades y en estas circunstancias, más bien se asemeja a la idea de pretender cumplir un contrato bajo condiciones sobre las cuales no se encuentran facultados
Lo anterior, va de la mano con un aspecto psicológico que no es menor de considerar, ya que al asistir a una universidad, a clases presenciales, el alumno se inserta en un «ambiente de confort» propicio para el aprendizaje, el cual a todas luces no es asimilable al ambiente que se tiene en un hogar y todo lo que ello conlleva, considerando la presencia de más personas deambulando en el lugar, ruidos ambientes inapropiados, inconvenientes e imposibilidades tecnológicas. Condiciones que sólo le son desfavorables al alumno.
Así las cosas, el intentar brindar «clases» de manera online por parte de las universidades y en estas circunstancias, más bien se asemeja a la idea de pretender cumplir un contrato bajo condiciones sobre las cuales no se encuentran facultados, tratando de improvisar a diario, e imponiendo condiciones unilaterales a la luz de un contrato bilateral.
Imaginémonos la idea de contratar un tractor para arar 10 hectáreas, pero el tractorista, llega con una pala y frente a nuestros ojos, lo vemos entusiasmado dando paladas a la tierra.
Comentarios
12 de junio
Lo felicito colega, adhiero a sus comentarios. Yo por mi parte sigo con mi recurso de protección Rol 2867 – 2020 de la Corte de Temuco en contra del Colegio Pumahue. Es lamentable que la Pandemia solo afecte a los consumidores y no al proveedor que como dice uds., pretende unilateralmente cumplir por equivalencia algo que claramente no lo es «clases online».
Sldos.
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