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El cuento de la “Ley de Medios”

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En los últimos días ha tomado fuerza una aparatosa polémica sobre el proyecto de ley conocido como “ley de medios”. Esto ya ha alcanzado ribetes de farsa, atrapando entre sus pliegues a académicos, dueños de periódicos, activistas de variopinta tendencia e incluso al propio NIC Chile, sin que la mayoría de los intervinientes lleven velas en el entierro.


Si usted tiene un medio de comunicación electrónico, podría tener el estatus de diario, si lo desea y cumple con los requisitos. ¿Para qué?. Para publicar avisos legales y cobrar por ello. Todo lo demás es humo. Desengáñese por sí mismo.

El origen del asunto está en dos proyectos de ley (boletines 9460-19 y 9461-19) que buscan que, por seguridad jurídica, se entienda como “diario” todo periódico que haga publicaciones por vía electrónica a lo menos cuatro días a la semana y que haya cumplido con los requisitos propios de los medios de comunicación: que dé aviso de su existencia a la Gobernación o a la Intendencia, que señale quién es el director responsable y cuál es su dirección, que deposite copia de lo que publica en la Biblioteca Nacional, agregándose adicionalmente que el medio esté alojado en un nombre de dominio .cl.

Todo ello para el caso de que el dueño del medio electrónico quiera que su medio sea considerado diario, pues si no, no pasa nada. El tema que el proyecto de ley quiere solucionar es uno de los problemas críticos de los modestos medios electrónicos regionales o locales: viven a medio morir saltando porque las publicaciones legales de carácter regional o provincial se hacen solo en medios impresos, ya que quienes deben publicar (sean autoridades o particulares) no se atreven a hacerlo en medios electrónicos pues no tienen certeza de que sea un medio válido para ello, es decir, que sea considerado por todos como un diario. Las dudas que surgen son del estilo de si la Contraloría va a objetar un llamado a concurso hecho a través de un medio electrónico local o de si el Juzgado va a considerar válido el aviso de extravío de cheques a través del mismo medio.

Con peras y manzanas y aterrizándolo a un caso concreto: si usted tiene un medio de comunicación social digital en que, por ejemplo, se dedica a informar a la comunidad de la provincia de Arauco sobre las noticias que conoce o que le llegan a través de los vecinos, pues la ley sólo entenderá que lanalhuenoticias.cl es propiamente un diario si el propietario ha tenido la precaución de cumplir con los requisitos legales para ello (aviso a Intendencia, uso de dominio .cl, señalamiento de su nombre como responsable, etc.); sólo entonces los avisos legales que se publiquen en ese medio producirán efectos como si se publicaran en papel y el propietario podrá cobrar conforme a esa realidad.

Los requisitos son los razonables para cualquier medio de comunicación decente: los avisos de los cheques extraviados pretenden tener efecto en Chile, entonces el nombre de dominio debería ser un dominio .cl; si alguien quiere ejercer los derechos constitucionales de réplica o rectificación es evidente que necesita saber a quién dirigirse (el director del medio) y dónde enviar la información correspondiente.

Pero tristemente aquí empieza la parte bufa: a una ONG que ustedes conocen se le ocurrió que todo lo anterior era insoportable y escandaloso, por lo que utilizó todos sus recursos para denunciar, con campanas al vuelo y gritos de ¡fuego! incluidos, que el proyecto de ley era un atentado a la libertad de expresión de todos los chilenos y chilenas, pues quien escribiera en blogs, Facebook y Twitter más de 4 veces a la semana estaba obligado a registrarse ante órganos de gobierno, responder patrimonialmente con multas de hasta 30 UTM y que teníamos que depositar copia de todo lo que escribiéramos ante las autoridades. Y concluyeron todo esto en base a su fructífera imaginación, pues el proyecto no contiene nada de eso.

Agregaron también, de su propia cosecha y para asegurarse de que el petróleo ardiera, que esto solo beneficiaba a los privilegiados que detentan el poder, que se persigue acallar el discurso crítico del pueblo en Internet, que se busca terminar con el anonimato de las opiniones instalando la persecución permanente y un largo etcétera de consecuencias, incluyendo la surrealista idea que de permitirse esto seríamos como la Rusia de Putin.

A la voz de ¡fuego, fuego!, la gente reaccionó a través de las redes sociales insultando al que se les cruzó por adelante, y cada entidad que creyó verse afectado sacó alguna declaración pública, tratando de eludir responsabilidades que nadie le ha atribuido, como fue el caso de NIC Chile, o manifestando su conformidad con el statuo quo, como hizo el dueño de “El Mostrador”.

En síntesis: calma. Los proyectos de ley, que pueden revisar ustedes mismos en los enlaces que aparecen en esta columna, no dicen nada sobre ninguna de las cuestiones absurdas que se han planteado.

Simplemente señalan que si usted tiene un medio de comunicación electrónico, podría tener el estatus de diario, si lo desea y cumple con los requisitos. ¿Para qué?. Para publicar avisos legales y cobrar por ello.

Todo lo demás es humo. Desengáñese por sí mismo.

TAGS: Medios de comunicación

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Comentarios

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Enrique Herrera Noya

07 de enero

Leido y re leido, los proyectos y la ely 19733, no se ve donde este lo voluntario, y menos se explicita que lo que se quiere es que puedan publicar avisos legales…ademas que en la ley ya esta expresado , lo que se quiere explicitar (que los medios digitales son diarios, si cumplen los requisitos)
osea modificar una ley para que quede igual, solo un cambio de palabras

07 de enero

Recuerda que esta es una reforma a la ley de prensa de casi un tweet de largo: todos los principios y normas no están en la reforma, sino que en la ley. Y en ella no existe NINGUNA norma que te obligue a constituirte en medio de comunicación social, sino que es un estatuto de protección. La única forma en que puedes negarte a revelar tus fuentes, incluso frente a los jueces, es siendo medio de comunicación social. Y es verdad: el proyecto nada dice sobre el avisaje legal (ni debe decirlo), sino que es una de las consecuencias de ser diario.

07 de enero

Además tampoco le encuentro sentido hacer una ley para acogerse voluntariamente en algo asi. Para cumplir voluntariamente con alguna normativa basta una organización gremial o por el estilo, si quieren una ley es porque NO andan buscando voluntarios.

Cuidado con esto

Saludos

07 de enero

De acuerdo con José Luis, que sentido tiene hacer una ley para permitir voluntariedad; de hecho hicieron una y pucha que se arrepienten.
Segunda lectura, no me gustan leyes de poco más de 140 caracteres (1) por que son carentes de contenido (2) porque se pueden ajustar y ahi si ser nefastas.

Sumando y restando… Hay tantas cosas que se pueden legislar, para que partir por este absurdo.

Buena columna, pero me disculpas si te digo que no me sanaste mis resquemores.

07 de enero

Este proyecto sí es un atentado a la libertad de expresion.

Porque es cosa de ver el problema: los congresistas estan hartos de los memes, hartos de que sus trapos sucios aparezcan en diarios digitales y hartos de no poder censurar a los medios digitales. Asi que quieren que todos seamos responsables de lo que digamos…. excepto ellos. Es cosa de ver la coordinación entre los diputados María José Hoffmann (UDI), Ramón Farías (PPD), José Antonio Kast (UDI), Juan Luis Castro (PS), Juan Antonio Coloma (UDI), Aldo Cornejo (DC), Alberto Robles (PRD), David Sandoval (UDI), Víctor Torres (DC) y Osvaldo Urrutia (UDI) en este tema, es que la tiene clarita que los ciudadanos no debemos cuestionarlos. Vamos, si es una cuestion obvia lo que pretenden, porque varios de ellos han hecho grandes meritos para ser protagonistas de memes.

Y seria legitima la duda que tiene sobre la ONG que esta salio a cuestionar este proyecto, sino fuera porque periodistas tambien lo han hecho. Y si piensa en cómo fue ese chanchullo de la venta de La Nación ¿no cree que deberia volver a leer el proyecto y las criticas? Porque a mi sí me parece que hay cosas torcidas en este proyecto, que se parecen sospechosamente a la nueva ley de propiedad intelectual de España, que es una mierda. ¿Se entero del canon AEDE?

Fue la radio Bio Bio que en su pagina web puso la confusion (algunos ya sabemos de que pie cojea ese medio), para desacreditar la denuncia de la ONG en cuestión poniendo una cuota de terror que no tenia ni la critica de la ONG ni tampoco la dice el proyecto. Pero el hecho es que este proyecto lo que quiere es ejercer control sobre los medios digitales, con el fin de atemorizar a las personas a expresar sus opiniones que puedan ser contrarias a politicos y empresarios.

Porque ¿a que viene eso de «acreditar la inscripción en el Registro de Dominio.cl NIC Chile»? Si yo tengo un blog ¿para que tendria que inscribirme? No entiendo ¿que sentido tiene que lo haga, y que pague? Porque no es gratis la inscripcion en Nic Chile. ¿Por que tendria que pagar por tener un blog y por que tendria que informar cuando lo actualizo? Tal vez para ud pueda ser super claro, pero para mi no, y menos despues de la entrevista que dio Farias a CNN Chile: dijo que ningún blog, página web, o usuario de redes sociales será considerado como un medio de comunicación digital, si es que no se inscribe voluntariamente de forma previa. “Solamente los que quieran inscribirse quedarán inscritos”. ¿Y para que querria hacerlo? ¿Que ganaria yo con eso? ¿Y que pasa si no lo hago? Lo siento, no me queda claro. Menos cuando resulta que la idea detras de esto es que haya un responsable a quien denunciar cuando se diga algo que desagrade a alguien.

O sea, entramos de nuevo en el pantanoso fango de la «honra». Ciertamente, una difamacion debe ser perseguida, pero los congresistas y politicos se sienten constantemente difamados por cualquier critica que se les haga.

Para mi, este proyecto es muy mediocre, y cuando quiero aplicarlo a una situacion real es muy confuso. Preferiria que en vez de discutir sobre esto, los congresistas discutieran la imperiosa necesidad que ninguna ley, ninguna, que se refiera a como ellos financian sus campañas o como deben ser sancionados, pueda ser discutida y aprobada a espaldas y sin voz de la ciudadania de a pie. Creo que es mas urgente, dado que el caso Penta no es el unico caso de similares caracteristicas.

07 de enero

Te invito a leer los proyectos de ley. Son cortitos, casi del tamaño de un tweet.

07 de enero

¿Y a quien le sirve leerlos si ni los mismos que lo patrocinan entienden este proyecto y dicen cosas contradictorias del mismo?

Nicolás Rivera Henriquez

07 de enero

Me impresiona la modestia del proyecto de Ley, al mismo tiempo la modestia puede ser peligrosa, porque el riesgo es calculado hacia el futuro, y lo está, efectivamente en dicho proyecto a modo muy residual. Partiendo desde la máxima en donde todos somos fuentes individuales de información, componemos un medio particular que rivaliza con los medios masivos porque somos más y podemos viralizar nuestro sentido común (que al menos puede ser discutible en cualquier espacio público) en tanto, podamos publicar nuestras propias columnas y emitir nuestros propios juicios, se rivaliza con el sentido común de los periódicos electrónicos que pasarían a considerarse como «legales» y dada la masividad de algún medio de información en red que no quiera considerarse a si mismo como «boletín electrónico», la desconfianza es clara y no paranoica ni menos una cortina de humo, proviene de la certidumbre que los parlamentarios no están siendo especificos y efectivamente la ley ¿forzaría a cualquier medio que cumpla con las categorías de masividad y continuidad en sus publicaciones? Porque la problematica es que estan de a poco allanando el camino para ir introduciendo una mayor regulacion a un espacio que instrumentalmente apunta a ser libre, el anonimato es costal de otra discusion, pero la libertad en los medios y la expresion es otra cuestion mas amplia que no cabe en un perfil social de plataformas, sino en una multiplicidad de las mismas. Esa es la preocupacion de un usuario de internet, las formas politicas y juridicas del ingreso de los Estados Modernos hacia el internet.

07 de enero

Carlos
Con todo respeto opino que tu columna es un sofismo (tratar de que la mentira sea verdad). Como único argumento insistes (insisten) en que el objetivo es si se quiere ser un organo oficial reconocido para la publicaciónes legales de cheques robados o extraviados, deberá cumplir con los mismos requerimientos exigidos para los medios impresos. lo cual no se condice ni con la forma ni con el fondo del proyecto
Porqué
Porque la forma de este proyecto establece claramente que basta que sea una publicación con una periocidad de 4 días semanales para ser considerado periodico
Porque el fondo no deja establecido de ninguna forma que los «periodicos» que no estén interesados en ser medios de publicaciones legales puedan NO adquirir un dominio, NO tener un domicilio en el pais y seguir funcionando como hasta hoy sin sufrir las penas del infierno En ninguna parte queda claramente estipulado como debe ser en una norma jurídica que SOLO recaerá en aquellos que «voluntariamente» hayan decidido ser un medio de publicaciones legales.
Este proyecto de ley tiene dos vicios Que es una ley propuesta a la rápida sin un estudio ni constitucional ni jurídico y sobretodo mirándonos a nosotros los que para quienes se deberían formular leyes
Y segundo le viene escandalosamente al callo, «Un traje a la medida», a la despreciada y sospechosa de corrupta, clase política de partidos y parlamentarios

07 de enero

El proyecto de ley debes leerlo en paralelo con la ley. Y la ley no contempla como obligación el constituirse en medio de comunicación social. Y tampoco establece NINGUNA sanción por no hacerlo.
Nunca puedes ser medio de comunicación social «automáticamente», sino que hay gestiones que voluntariamente debes hacer para que se te aplique la ley de prensa.

07 de enero

POR FIN!!; después de tanta locura leo una excelente aclaración.

He venido hablando en la misma línea en mis plataformas, sorprendido además por el alcance que se le ha dado al artículo de los «4 posteos».

Convengamos eso si en que la redacción de la reforma es deficiente; quizás bastaría agregar «medio periodístico» al «Tuiter-proyecto» y el tema se aclara de una vez. Asimismo hay aspectos técnicos que dificultan establecer criterios de determinación (Dns, transferencia de datos, etc).
Como está redactado – casi – requiere otro reglamento (en relación a medios digitales).

Por otro lado, la columna que origina todo este entuerto está escrita por una abogada, bien pudo referirse al problema de redacción del proyecto y atacarlo, pero prefirió darlo por hecho y anunciando enfáticamente que el objeto del mismo apunta hacia el «infierno digital» olvidando de paso el mensaje del proyecto (y su espíritu) y dejando además a un lado las normas de interpretación legal: claramente una interpretación contextual en caso alguno lleva a las conclusiones que tienen a todo el mundo gritando en esta «hecatombe» digital.

Con todo, tengo la impresión que la autora no previó todo el alboroto, de buena fe lo pienso. Saludos.

Gerardo

08 de enero

Me lei la modificacion pero ni idea donde buscar la ley que modifican y a los cultos en un area en particulas suele olvidarseles indicar lo que para ellos es obvio. Un enlace a las leyes seria util no solo a las modificaciones.

E.G.

08 de enero

leychile.cl ahi estan todas las leyes.

08 de enero

Busca en Google la ley 19733. Aparece primero que todo.

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