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La ayuda que recibió doña Lucía para sus negocios con Cema Chile

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En las postrimerías del gobierno de Eduardo Frei R-T, ejerciendo Ernesto Velasco el cargo de intendente de la Región Metropolitana de Santiago, los políticos relacionados con las normas urbanísticas cometieron trampas para modificar el uso de suelo área verde de un terreno que Pinochet le había donado a Cema Chile. En efecto, pasándose por alto las disposiciones legales que más adelante describimos, ese predio de 2 lotes contiguos de 27.500 m2 se transformó en urbano, apto para construir viviendas y equipamientos varios, con la consiguiente y automática plusvalía comercial.


Se demuestra que el caso Caval es uno más de los tantos que han existido en nuestro país. Se perdieron unas cuantas importantes superficies de áreas verdes, se violó impúdicamente la ley y parodiando al poeta Carlos Pezoa Véliz, nadie dijo nada.

En la época del Presidente Jorge Alessandri se aprobó en el año 1960 el Plan Regulador Intercomunal de Santiago (PRIS) que le dio vida por lo menos en el papel al Parque Isabel Riquelme, situado en las inmediaciones del Zanjón de la Aguada. A través del Decreto Supremo N° 1.438 del MOP se expropia el inmueble antes referido localizado en la avenida Carlos Valdovinos 3017-3101, adyacente al Club de Huasos Gil Letelier, para que pasara a formar parte del aludido parque.

Años después -en 1982- la dictadura le transfirió este predio fiscal a Cema Chile regentada con mano de hierro por Lucía Hiriart, esposa del mandamás para que, como fundación sin fines de lucro, ejecutara ahí unos programas sociales del gobierno de facto. Posteriormente el Minvu regula toda la zona y la destina a área verde intercomunal, hecho que fue refrendado con la aprobación del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS), de acuerdo a la resolución N° 20 del 06/10/94 del Gobierno Regional Metropolitano.

En ese terreno nunca se hizo nada y en 1995, estando vigente ese PRMS, la institución de “beneficencia” Cema Chile vendió a un particular amigo el predio aludido, gravado como área verde y en el año siguiente la troika conformada por la Seremi de Vivienda y Urbanismo, la Municipalidad de Santiago y ese privado, firmaron un alegre convenio en donde las autoridades se comprometían a tramitar una modificación al Plan Regulador Comunal (PRC) de Santiago para eliminar la zonificación de área verde de una fracción del parque, exactamente el sector comprendido por la Avenida Isabel Riquelme, Bascuñán Guerrero, Carlos Valdovinos y la línea del ferrocarril longitudinal sur, incluyendo el terreno que había traspasado Cema Chile, espacio que geográficamente pertenece a la comuna de Pedro Aguirre Cerda. Con esta modificación normativa se posibilitaba la ejecución de atractivos proyectos inmobiliarios pues en el sector se intentaba incorporar usos de suelo de vivienda, equipamientos e industrias inofensivas, con lo cual aumentaban considerablemente los precios de mercado de los terrenos.

Con las formalidades de rigor se presentó ante el Gobierno Regional Metropolitano la modificación al PRC de Santiago, la que fue rechazada porque entendemos que los dos arquitectos asesores de esa instancia -Juan Honold y Marcela Stange- como profesionales conocedores del marco regulatorio, le indicaron al intendente que el cambio normativo era improcedente. Esta inesperada decisión molestó sobremanera a los privados relacionados con Cema Chile porque se les estaba escapando un pingüe negocio y así fue como presionando a esa instancia administrativa, lograron que en los meses siguientes se aprobara el cambio urbanístico.

Para tal efecto el inútil Consejo Regional (CORE) cursa la Resolución N° 38-99 de 1999 la que, sobre la marcha, fue objetada por la Fundación Defendamos la Ciudad en la Contraloría General de la República, ya que tal Resolución violaba las disposiciones de mayor jerarquía del PRMS y del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de la Región Metropolitana de Santiago pues su medida M4OTR1 “estatuye que se mantendrán como parques metropolitanos, áreas verdes complementarias, áreas de valor natural y áreas de interés silvoagropecuario, aquellas definidas como tales en los instrumentos de planificación territorial, especialmente en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago”  

Como era lógico la Contraloría acogió la denuncia ciudadana y devolvió al CORE sin tramitar la resolución, pero el gobierno insistió en la modificación que eliminaba un área verde porque los negocios inmobiliarios ad portas eran muy lucrativos. A todo esto la  Contraloría no daba su brazo a torcer porque las superiores normativas urbanas y ambientales lo impedían, razón por la cual decía que ese cambio era contrario a derecho. Como un  hecho anecdótico, recordamos que hace unos años, en un seminario sectorial, instamos a la alcaldesa de Pedro Aguirre Cerda, Claudina Nuñez, en orden a que recuperara para su comuna el mencionado sector urbano incorporado a la comuna limítrofe de Santiago.

Ante el apego a la ley demostrado por la Contraloría, los funcionarios públicos del gobierno acordaron con el privado para que éste interpusiera un recurso de protección en los tribunales en contra de la Contraloría porque ésta no tomaba razón de la Resolución 38-99 de 1999 y así fue como la Corte de Apelaciones de Santiago admitió a trámite el recurso rol Nº 4308-99 deducido por las sociedades anónimas Inmobiliaria La Laelina, Establecimientos Químicos Oxiquim y Montajes Industriales Yungay. Acto seguido, el 09/10/99, la Contraloría con la asistencia del Consejo de Defensa del Estado (CDE) entrega sus fundados razonamientos en la Corte para que primara la ley.

Por motivos inexplicables la Corte de Apelaciones falló a favor de los privados ordenando al ente fiscalizador que tomara razón de la Resolución Nº 38 de 1999, desestimando por lo tanto el planteamiento formulado por esa entidad fiscalizadora. Ante tal sentencia impropia, es más, dicha Corte debió haber declarado inadmisible ese recurso, la Contraloría le comunica al CDE que interpondrá ante el Senado una contienda de competencia, pues con ese extraño fallo se han sobrepasado sus atribuciones constitucionales y legales.

En paralelo, cuando había que apelar ante la Corte Suprema, el abogado del CDE se presenta con un día de atraso y por lo tanto su presencia se declara inadmisible «porque llegó fuera de plazo» (sic). En el ínterin la Contraloría, sin estar al tanto de la curiosa demora, promovió a fines de enero de 2000 ante el Senado una contienda de competencia para que éste declarara que los tribunales de justicia no tienen facultades para revisar las materias que ella resuelve en relación a los trámites de toma de razón. El Contralor de entonces le decía al Senado que la Corte con su sentencia ha desconocido la función exclusiva de control preventivo de la legalidad que constitucionalmente le corresponde.

Pero el fingido retraso del CDE significó que la sentencia inicial favorable a los particulares se consideró ejecutoriada y con ello se le impidió al Senado intervenir, con lo cual la Contraloría, obligada por las circunstancias, se vio constreñida a tomar razón el 15 de marzo de 2000 de la engañosa Resolución Nº 38 de 1999 y la muy molesta Contraloría retiró del Senado la contienda de competencia.

Así ganaron los actores privados, hoy en día el propietario es la Inmobiliaria Carlos Valdovinos S.A., quienes con la ayuda del gobierno de la época, sacaron adelante los especulativos cambios de uso de suelo, con lo cual se demuestra que el caso Caval es uno más de los tantos que han existido en nuestro país. Se perdieron unas cuantas importantes superficies de áreas verdes, se violó impúdicamente la ley y parodiando al poeta Carlos Pezoa Véliz, nadie dijo nada.

TAGS: Cema Chile Lucía Hiriart de Pinochet Pedro Aguirre Cerda

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