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Hacia la creación de una empresa social solidaria de pensiones

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Mucho se ha discutido sobre el desengaño de los trabajadores con el actual sistema previsional de AFP, hecho confirmado en documentos claros y precisos elaborados por expertos de distintas tendencias y que están a disposición de quienes quieren ver la realidad en forma razonada, además, lo increíble es ver como en los gobiernos democráticos en vez de mejorar la posición de los trabajadores modificaron la impuesta ley 3.500 de tal manera que solo ha beneficiado abiertamente a estas Administradoras, como ejemplo: El beneficio de no asumir la pérdida, pero, paradojalmente si lo asumen los ahorrantes, entre otros beneficios que van en la misma dirección que les otorgan más ganancias por supuesto en desmedro de los afiliados.


La previsión social es parte de las garantías constitucionales a la que todo ciudadano tiene derecho. Por lo tanto, a partir de esta disposición constitucional, los emprendimientos relacionados con la previsión social deben crearse como colectividad o empresa social, por lo tanto la gestión debe adecuarse a lo establecido en la constitución, es decir, a obtener el bien común.

Debemos, además, razonar que actualmente las empresas AFP son un comercio, relacionado con el libre mercado, por lo tanto el mayor rendimiento o utilidades van en beneficio directo a los accionistas de este comercio y no a beneficio de quienes aportan el capital (los trabajadores) y viola derechamente lo dispuesto en la constitución.

A la luz de saber cómo operan con nuestros ahorros previsionales, muchos ciudadanos defraudados con lo sucedido han propuesto innúmeras ideas o algunas soluciones que van desde volver al sistema de reparto, un sistema mixto de reparto y solidaridad y otro seguir derechamente con lo actual.

Nuestro planteamiento entra, por considerar lo fundamental: La previsión social es parte de las garantías constitucionales a la que todo ciudadano tiene derecho. Por lo tanto, a partir de esta disposición constitucional, los emprendimientos relacionados con la previsión social deben crearse como colectividad o empresa social, por lo tanto la gestión debe adecuarse a lo establecido en la constitución, es decir, a obtener el bien común.

Definido nuestro derecho, creemos que debe haber una profunda modificación al actual sistema y no soluciones de parche y para lograrlo es  concretar  la instauración de una Empresa Social Solidaria de Pensiones de carácter autónomo conformada por un directorio donde deben participar, trabajadores, Estado y empresarios.

Esta empresa social solidaria su finalidad, tendrá obligaciones importantes, como.  a) administrar los recursos acumulados. b) asegurar un interés a los ahorros que puede ser el cuatro por ciento como el que se prometió en un principio. c) mantener el sistema de cuentas individuales. d) administrar correctamente los aportes solidarios aportado por el Estado para las jubilaciones menores al sueldo mínimo. e) los ingresos adicionales que seguramente habrán por la buena administración, serán acumulados para ir mejorando los montos de las jubilaciones. f), nivelar correctamente los promedios de edad para jubilar  g) Se mantiene el sistema de capitalización individual. h) el pago oportuno de las pensiones. i) Control recepción y cobranza de las cotizaciones. j) otorgar préstamos en diversa modalidades aun interés normal, incluso préstamos hipotecarios. k) Cobrar judicialmente en juicio sumario las cotizaciones no pagadas. l) Bajar sustantivamente las actuales comisiones cobradas m) La obligación más importante es tener a sus socios ahorrantes informados con claridad del resultado de  la gestión empresarial social, es decir transparencia total. n) su deber principal, será acrecentar los recursos entregados a su cargo en beneficio de sus socios que en esta oportunidad son los trabajadores y pensionados.

No debemos olvidar  que una empresa social solidaria así diseñada debe ser considerada por dirigentes y ciudadanía, como un bien nacional, que va más allá de cualquier contingencia de orden político, como es hasta ahora  acontece con el Banco Central y Banco del Estado, por lo tanto su gestión empresarial social debe ser muy honesta y transparente.

La formación de esta administradora permite por primera vez en la historia previsional, la participación en su directorio de representantes de los trabajadores, más participación del Estado en lo que se refiere a los aporte subsidiarios y por último permitir la participación de los buenos empresario por cuanto muchos pueden aportar en favor de la buena marcha de la empresa  autónoma.

Un sistema de reparto está comprobado su fracaso histórico, asimismo  como está demostrado el abuso de las empresas AFP. Por cuanto estas son solo un comercio que solo ha beneficiado holgadamente a los accionistas con grave perjuicio de quienes poseen el capital (trabajadores).

TAGS: #AFP #NoMásAFP Pensiones

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Comentarios

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Ricardo martinez

10 de noviembre

También es razonable pensar que es difícil lograr un contrato donde una de las partes asuma las pérdidas y la otra las utilidades señor. Razonar tambien es darse cuenta que el sistema afp es donde los dineros depositados del trabajador no se mezclan con los del administrador, todo lo contrario a lo que usted dice y de hecho es una de las fortaleza por la que lo han adoptado en decenas de países.

Saludos

10 de noviembre

Don Ricardo:
Me parece bien eso de razonar, porque por ahí va este asunto, no debemos utilizar la emoción o aprovechar el momento para satisfacer a algunos cabezas calientes.

En cuanto a lo que expresa, primero en relación a los contratos es lo que sucede el sistema en un principio, fue así, las empresas deberán responder por las pérdidas, pero después del error a seguir invirtiendo en la especulación financiera a pesar de saber que venía un gran crisis económica mundial, donde se perdieron, no solo lo ganado sino también lo acumulado por los trabajadores cotizantes, no hallaron mejor forma que presionar al gobierno para no asumir la pérdida, el Estado desde ese momento aceptó traspasar la deuda a los ahorrantes mediante un decreto ley vigente hasta ahora (fué una pérdida, anote US$ 24.000 mil millones de dólares. eso sin contar las deudas que ha ido generando hasta ahora que nos cargan a nosotros
La separación que menciona es solo una pantalla, por cuanto los que ordenan las inversión son precisamente la que administran
sabe Ud cuanto negocio se hacen con nuestros fondos que solo benefician a estas administradoras, como creer que con solo cobrar las comisiones ganen tanto dinero como para recuperar la inversión en menos de 4 años.
Los países que lo han adoptado no son decena sino algunos que ya vienen de vuelta, porque estrictamente controlados, con severas penas, así no es negocio para estas empresas y sus accionistas accionistas

Saludos.

10 de noviembre

Atención
La presente columna, está escrita para nuestros comentaristas aporten sus ideas a lo comentado con afán de ir mejorando lo planteado.
Se agradece que no se hagan comentarios solo por criticar o sin un fundamento claro.
La filosofía de lo expuesto, tengo claro, que faltan muchos detalles que en los escaso caracteres dispuesto por nuestro Quinto poder no es posible sumar al tema principal. Por ejemplo lo que se refiere a las soluciones inmediata, como la normalización definitiva del problema de las lagunas previsionales, el aumento de las actuales jubilaciones mínimas aquellas que está por bajo del sueldo mínimo, la cobranza de lo que adeudan los malos empresarios y otras trabas que deterioran el sistema.
También señalar que en base a lo escrito en mi columna, tenemos un proyecto de ley preliminar donde se conjuga lo planteado, que está a disposición de quienes quieran aportar a mejorarlo.

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