El Tribunal Constitucional ha adoptado un acuerdo en relación al requerimiento sobre televisión digital presentado por 36 diputados en contra del decreto supremo Nº 264 de 2010.
Lo que se conoce del fallo es un comunicado de una plana donde se indica que se acoge el requerimiento, únicamente en cuanto a declarar inconstitucional la frase “renovable hasta por un máximo de cinco años, contados”, contenida en su Artículo primero. Todo conforme la Ley General de Telecomunicaciones. En términos más sencillos, el fallo del TC retrotrae la situación hasta justo antes del decreto impugnado. Han resuelto adecuadamente un problema de Derecho, tema que conocen a la perfección.
Asombrosamente, los honorables miembros del TC, en párrafo aparte, dictan normas sobre temas que desconocen y generan un conflicto profundo para el advenimiento de la TV digital al pronunciarse sobre cuáles permisos provisorios de todos los entregados (2009-2011) podrán ser renovados y cuáles no podrán. Repito, dictamina claramente quienes sí y quienes no podrán renovar los permisos demostrativos existentes.
Esta decisión, tomada por un grupo pequeño de personas, escogidas a dedo y encerradas entre cuatro paredes, viene a mermar la aparición de nuevos operadores de TV, ya que sólo serán renovables los permisos entregados al amparo del decreto supremo Nº 136 de 2009. En términos sencillos, si hoy el Ministerio de Educación decidiera levantar una señal experimental de Tele Educación podrá acceder a un permiso, pero no podrá renovarlo nunca más. Imposible consolidar un modelo de producción de un canal de tele radio difusión en un año. Francamente, es un pésimo augurio que atenta contra nuestros derechos ciudadanos.
Estos permisos provisorios se encuentran claramente definidos por la ley vigente y no debían ser modificados, no era necesario.
Si la intención es ser más riguroso en la aplicación de la ley, se debiera verificar que se cumpla a cabalidad. La ley General de Telecomunicaciones en su artículo 15 es clara en señalar que los permisos provisionales se definen como: “sin carácter comercial” y esto no se comprueba de ese modo. Algunas de las señales experimentales que están al aire en Santiago transmiten completas las tandas de comerciales o bien llaman al público a incurrir en gastos que les traen beneficios económicos a través de los mensajes de texto de los teléfonos celulares, por ejemplo.
Torpe, lamentable e indignante
Es torpe que el TC se pronuncie sobre temas que desconoce y que sus dictámenes generen conflictos graves, pero resulta lamentable e indignante rechacen el Requerimiento en todo lo demás. Dedúzcase que con ese escueto “todo lo demás”, se refieren a múltiples temas bastante más profundos y complejos, infinitamente más importantes
Por ejemplo, el decreto impugnado levanta las limitaciones existentes y otorga nuevas atribuciones y nuevas discrecionalidades para asignar concesiones digitales de Tv sin contar con reglas de funcionamiento permanente puesto que las leyes aún se discuten en el Congreso.
Los diputados impugnaban también el hecho que a través de un decreto supremo se regulen materias que la Constitución de la República, excepcionalmente, ha establecido en su marco regulatorio, creando un Consejo Nacional de Televisión. Ello, debido a que la industria de la TV resulta esencial para el ejercicio y desarrollo de múltiples derechos fundamentales, especialmente de la libertad de opinión, libertad de información, libertad de asociación, libertad religiosa, libertad de creación artística, el derecho a comunicar; todos ellos, pilares fundamentales para funcionamiento de la democracia.
Es imposible vaticinar lo que sucederá. Lo peor que podría ocurrir es que se comiencen a otorgar concesiones a diestra y siniestra y que no contemos espectro para nuevos operadores una vez que la ley sea tramitada por el Parlamento y promulgada por el Ejecutivo. Esta situación de escasez podría presentarse en grandes ciudades como Santiago, Valparaíso y Concepción al menos.
La SUBTEL tiene la palabra
Antes de que fuera enviado el requerimiento al Tribunal Constitucional, el subsecretario Atton se había comprometido con la ciudadanía organizada que vela por el proceso de la digitalización, a no otorgar concesiones definitivas mientras no sea aprobado, despachado y promulgado el proyecto de ley en trámite Parlamentario. Y más allá de hacer una declaración pública (que ya hizo), se comprometió a generar un documento legal que elimine la posibilidad de asignar nuevas concesiones de facto, por decreto. El nuevo documento debiera además regular los permisos demostrativos y establecer claramente que éstos no representan derechos preferentes para solicitar concesiones.
Toda vez que el Tribunal Constitucional ha mandatado rectificar el cuestionado decreto supremo, es el momento apropiado para que la Subsecretaría de Telecomunicaciones cumpla con la palabra empeñada. Es de esperar que salga al camino y además logre enmendar el perjuicio que conlleva implícito el fallo en lo relativo a la renovación de los permisos provisorios. Ley pareja no es dura, la SUBTEL tiene la palabra.
—————-
Foto: 416style / Licencia CC
Comentarios
10 de marzo
Una de los comentarios que me surge inmediatamente al leer, es que creo debemos preguntarnos si la TV de verdad resulta «esencial para el ejercicio y desarrollo de múltiples derechos fundamentales». Estoy en desacuerdo, en gran parte porque hoy ejerzo esos y otros derechos fundamentales sin aparecer en televisión y sin tener televisor, y creo que esa es una tendencia que compartimos muchos de los que aquí interactuamos.
Por supuesto, no puedo asumir que mi realidad es la misma de toda la ciudadanía, y tampoco puedo desconocer el valor educativo que puede tener la TV, especialmente en un país con evidente vulnerabilidad cultural como el nuestro. Por lo mismo, lo que más me llama la atención es que central en la discusión es quién se queda con espectro, y no qué se hace con el espectro.
Pareciera que hay un enfoque muy intenso en lo técnico-legal, en la propiedad o comodato. Mucho más pendiente está hacer una buena definición respecto de cuál es el contenido de interés público, pues ese contenido es el que debe ser puesto al aire, urgente, y no más matinales llenos de avisaje y placement, esa discusión es la relevante y no pasa por la digitalización de las señales.
Por lo demás, crecientemente, la televisión de modelo comercial hallará mejor negocio migrar a la Internet, donde sus clientes y están, donde los costos son menores y la segmentación y métricas son mejores. Por lo tanto, es hora de destinar el espectro a contenido no-comercial. Lo que en España se hizo mal pero en otros países se ha hecho bien en Chile podemos hacer mejor.
PD: salvo en alguna visita por ahi, hace casi 6 meses que no veo TV.
0
10 de marzo
Estimado, está completamente ligado el dueño/dominio de la concesionaria con el tipo de contenidos que se emiten. Al igual que Ud, estimo que el futuro está en Internet, pero esos son servicios de pago y yo hablo de servicios gratuitos. Mientras no llegue el futuro, es de vital importancia el resguardo del Espectro, Ud sabe que es un bien de uso público y finito. Si necesitamos espectro a futuro para iluminar Internet a todo Chile no vamos a tener espacio para hacerlo.
Saludos y muchas gracias por comentar.
16 de agosto
Posta que el dobles es un punto clave, permcipalninte para los espaf1oles si ganan ese creo se aseguran la final. Para Argentina son claves los puntos contra Ferrer y el del dobles.Hay que llenarle la cabeza a Nalbandian, motivarlo, decirle que la ensaladera va perfecto con los vasotes de un litro para preparar fernet y los platos de madera del asado! :PPD: Maf1ana hacen minuto a minuto?
0