Es innegable que la adscripción del libre mercado en la educación ha favorecido a la población con una mayor tasa de ingreso a la universidad, pero también que este acceso, no necesariamente ha ido aparejado de una educación de calidad
Camino por la vida equivocándome. No lo hago a propósito, la mayoría de las veces es por atolondrada, nada grave por suerte, pero si he de sincerarme, de vez en cuando meto la pata. A mi favor debo decir que dudo que exista alguien que alguna vez no cometa un error. Como hace ya largo tiempo que no ejerzo como odontólogo clínico, hace rato que dejé de equivocarme al hacer atenciones clínicas. Sin lugar a dudas que cometí varias, de hecho tengo una en mi mente francamente vergonzosa subsanada solamente porque mi paciente se lo tomó con humor. En gestión de calidad, mi error correspondería a un near miss a un “casi error”, es decir, una acción no planificada pero que, afortunadamente, no causó una injuria deleznable.
Lamentablemente, en salud existen acciones que sí deben ser catalogadas como un franco error y algunas de ellas poseen muy lamentables consecuencias. Cuando estos errores se judicializan le corresponde, en un alto porcentaje de casos, a la Unidad de Responsabilidad Médica del Servicio Médico Legal (SML) determinar si hubo o no apego a la lex artis. En buen chileno, es el SML quien debe determinar si hubo o no error del profesional (médico, odontólogo o cualquier otro profesional de la salud), en virtud de las condiciones que existían al momento de suceder el hecho.
De existir culpa, es decir, no apego a la lex artis, los jurídicos enuncian la famosísima negligencia. Que sucede cuando el tratante omitió hacer algo; pero también puede expresarse como impericia, cuando el tratante hizo mal algo que debía saber hacer, o con imprudencia, que es cuando se hizo mal algo que no estaba capacitado para ejecutar o la inobservancia, cuando el tratante hizo algo no ajustado a los protocolos y normas. Respecto a las distintas formas en que puede expresarse la culpa, a mi modo de ver es la impericia la más compleja, pues la entiendo como una falla estructural en la formación del profesional, pues debía saber hacer algo y no supo hacerlo.
Es innegable que la adscripción del libre mercado en la educación ha favorecido a la población con una mayor tasa de ingreso a la universidad, pero también que este acceso, no necesariamente ha ido aparejado de una educación de calidad. En una distribución normal, un mayor número de profesionales implica que se exprese con mayor nitidez un fenómeno que siempre ha estado presente: existen profesionales mejores que otros.
Lamentablemente el tema no es sólo que existan buenos y malos, es que hay algunos que no saben lo mínimo que deben saber. En medicina, la obligatoriedad de la acreditación del pre grado sumado al requerimiento del EUNACOM (Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina) para ingresar al sistema público, sirven para cautelar el mínimo minimorum de conocimientos de los médicos que egresan. En las demás carreras de la salud, eso no existe. Me preocupa la odontología, pues la desregulación se expresa no sólo en la dificultad para la empleabilidad de los profesionales porque existen muchos, sino porque un análisis a los resultados de las causas de responsabilidad sanitaria analizadas en el SML desde el año 1997 a la fecha, indica que los odontólogos proporcionalmente nos apegamos mucho menos a la lex artis que los médicos (35% v/s 9%). El tema no es menor.
Hay mucho camino por recorrer. No es posible que salgan al mercado laboral profesionales que no cuentan con los conocimientos básicos para ejercer. Urge tomar decisiones profundas respecto a la regulación de las carreras de la salud: acreditación obligatoria de pregrado, barreras de entrada al mundo laboral (EUNACOM), sistemas de geolocalización de los profesionales, entre otras. Dentro de la mi área, la red nacional de facultades de odontología de universidades públicas hace esfuerzos propiciando la marcha blanca de un examen de odontología nacional, pero falta más. Mucho más.
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