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Reforma de Ley de Adopción que podría incluir convivientes LGBTI

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La actual ley de adopción busca proteger a los niños pero paradójicamente vulnera sus derechos humanos porque hoy en día no se vela por el bien superior de los niños institucionalizados, sino que se les niega el derecho de vivir en el seno de una familia que le brinda el amor, la protección, y que satisface todas sus necesidades con respecto a su desarrollo como persona dentro de un hogar. 

Hoy se publicó una noticia positiva sobre la posible inclusión de parejas convivientes del mismo sexo en la reforma de la Ley de Adopción en el sitio del Diputado Ramón Farías.

Según la nota en las próximas semanas se discutirá la Reforma a la Ley de Adopción en la Comisión de Familia de la Cámara de Diputados.  El Diputado Ramón Farías, que forma parte de dicha comisión, ha presentado la inclusión de parejas convivientes, de diferente o mismo sexo, dentro de esta reforma que contraigan el Acuerdo de Vida en Pareja.

Ahora sí se logra cambiar los requisitos de la ley esto significaría una mejoría y un cambio positivo para los niños que han sido institucionalizados por un sistema de adopción como el Sename que se encuentra en crisis y no da abasto.

El artículo número 1 de la Ley de Adopción establece que la adopción tiene que velar por el bien superior del niño o niña adoptado. De amparar su derecho a vivir y su desarrollo dentro de una familia que le brinde afecto, cuidados que satisfacen sus necesidades espirituales y materiales cuando no se lo puede entregar su familia de origen. Este artículo no establece que las capacidades de los potenciales adoptantes se determinan por sus orientaciones sexuales.

Puedo solo hablar desde la experiencia de ser madre lesbiana, no puedo basarme en suposiciones,  creencias religiosas, estudios,  ni en teorías solo en la práctica.

Puedo decir con certeza que nosotras, ambas como madres lesbianas de una hija noble y emocionalmente inteligente, contamos con la capacidad de velar por su bien superior y tenemos la confianza de poder velar por el bien superior de un futuro hermanito o hermanita de ella. De esto no tenemos duda. Porque sabemos que somos capaces de amar incondicionalmente a nuestra hija o futuros hijos y que lucharemos para sacarlos adelante, como cualquier persona encargada de la crianza de sus hijos y el ama, lo hace.

Pero volviendo a la ley, e interpretando esta ley desde mi perspectiva, no veo donde la orientación sexual es determinante y que pueda o no impedir el cumplimiento  de los objetivos mencionados del interés superior del niño.

Por esto encuentro inconcebible que el  artículo 20 establece el requisito de los cónyuges de haber contraído matrimonio al menos 2 años con la excepción de los casos de infertilidad donde no se les exige ese tiempo.  Luego en el artículo 21 se establece que en la falta de cónyuges interesados se podrá otorgar adopción a una persona soltera, divorciada o viuda, con residencia permanente en el país y que cuenten con los mismos requisitos que los cónyuges.

Ahora, como en Chile aún existe segregación contra las orientaciones sexuales y las identidades de género,  y el derecho de contraer matrimonio es reservado exclusivamente para parejas de diferente sexo, se entiende que la adopción está reservada solamente para matrimonios heterosexuales nacionales o extranjeros con residencia permanente en Chile.  Basta con entrar al sitio del Sename y ver el formulariopara iniciar el proceso de postulación a la adopción donde explícitamente da la posibilidad de completar solo los datos del padre y la madre y de informar los años de matrimonio.

Es decir, hoy en día, ninguna pareja de hecho  que convive aunque sea está heterosexual, y menos del mismo sexo o con otra identidad de género, puede acceder a formar familia a través de la adopción.

La actual ley de adopción busca proteger a los niños, pero paradójicamente vulnera sus derechos humanos porque hoy en día no se vela por el bien superior de los niños institucionalizados, sino que se les niega el derecho de vivir en el seno de una familia que le brinda el amor, la protección y que satisface todas sus necesidades con respecto a su desarrollo como persona dentro de un hogar.  Debido a los requisitos excluyentes que no son una garantía de que el bien superior del niño se cumpla, la realidad es que aún hay miles de niños sin derecho a familia porque tenemos una ley está injustificadamente diseñada y reservada para privilegiar a los matrimonios de diferente sexo antes del interés superior del niño.

Formar familia por la vía de la adopción es una manera válida y preciosa de constituir familia.  El amor que uno puede sentir por un hijo adoptado es uno que el adoptante elige y eso en si tiene un valor enorme.  A pesar de existir otros métodos para que parejas del mismo sexo formen familias, donde no sería necesario adoptar es importante que tengamos la opción de acceder a la adopción.  Estoy segura que nada tiene que ver la orientación sexual de los adoptantes con sus capacidades paternales.  Si se puede velar por el bien superior de los hijos, se les pueden brindar un hogar seguro, sano y lleno de amor incondicional eso ya es un acto mil veces más humano y digno que tenerlos atrapados en un sistema deficiente como el Sename que hoy en día no cuenta con suficiente recursos para los niños sin familias.

Lo otro que me llama fuertemente la atención es que cada vez que se habla de Adopción por parejas del mismo sexo, unos de los argumentos que surge es que esto se trata de temas valóricos.  Entonces mi pregunta es ¿Dónde se ha visto que la discriminación arbitraria y la segregación en contra de un sector de la población se han considerado un valor?

¿Hasta cuándo el sector más prejuicioso mal utilizará argumentos religiosos para debatir temas valóricos basados en sus propias ideologías? No es para nada mi intención de desacreditar las religiones o en lo que creen. Todos tenemos derecho a creer lo que queramos, pero esas ideologías no se pueden imponer en un trámite legislativo donde está en jaque las vida de más de 15 mil niños y niñas que nacieron con el mismo derecho de cualquier niño que sí cuenta con el amor de una familia y un hogar.

Estamos hablando de algo mucho más humano que vale la pena reflexionar ¿Por qué nuestros legisladores insisten en mantener un sistema de adopción que es deficiente y no garantiza el bien estar de los niños?  ¿Por qué insisten en seguir haciendo lo que no funciona por el mero prejuicio?

En conclusión, creo que  la inclusión por lo cual está abogando el Diputado Ramón Farías solucionaría esta desigualdad de derechos humanos y abriría la posibilidad de que los niños que aún no se hayan adoptado, podrían serlo por familias convivientes.

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Comentarios

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Patricia

08 de enero

Qué agrado leer tu experiencia y te felicito por el coraje. Me parece lamentable que no sean reconocidos legal o constitucionalmente, y es comparto aquello de que la arbitrariedad y discriminación es producto de la influencia de un minoritario pero poderoso sector ultraconservador de nuestro país. Con todo, y con el ánimo de replicar tu argumento en discusiones con amigxs o familiares, me podrías explicar la pregunta qé planteas «¿Dónde se ha visto que la discriminación arbitraria y la segregación en contra de un sector de la población se han considerado un valor?». Espero que tengas tiempo y me la reformules o expliques. Slds.

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