Adam Smith, en su teoría de los sentimientos morales, sostenía que la compasión es la emoción que sentimos hacia la miseria de otros cuando la vemos o imaginamos muy vivamente, cuando nos colocamos en su lugar. Es un modo de entrar en el cuerpo del otro y volvernos en alguna medida una misma persona con él.
El Ministerio Público levantó cargos contra Luciano Pitronello Schuffeneger, aparentemente miembro de un grupo anarquista que intentó colocar una bomba explosiva en una sucursal bancaria. La bomba le habría explotado mientras la portaba dejándolo gravemente herido y con secuelas permanentes, tales como la pérdida de un ojo, una de sus manos y tres dedos de la otra.
Es muy probable que, a diferencia del llamado caso bombas, esta vez la fiscalía a cargo de la investigación tenga un sólido caso entre manos: ha solicitado una condena de 15 años de cárcel. El fiscal parece interpretar la ira ciudadana contra una violencia irracional e inconducente, exigiendo la máxima severidad contra el imputado. El tribunal tendrá que evaluar las pruebas y emitir un juicio definitivo.
Más allá de la cuestión procesal o meramente judicial, conviene preguntarse sobre si la sanción solicitada es la adecuada para cumplir con el propósito de la justicia, esto es, dar un castigo proporcional al daño causado y permitir la rehabilitación del condenado. La ocasión también permite preguntarse si la sociedad chilena necesita desplegar su ira y condenar a Luciano Pitronello a cumplir 15 años de cárcel efectiva como lo ha solicitado la fiscalía, o quizás deba abrirse una perspectiva más compasiva para un joven que podría desear o requerir de una nueva oportunidad a la luz de tan devastadora experiencia.
La proporcionalidad del castigo tendría que considerar que Pitronello buscó atentar contra un símbolo, no contra personas, que no causó daños a terceros y que por efecto de su propia acción ha sufrido unas consecuencias terribles, como lo es quedar mutilado físicamente y haber estado en una incierta prisión por largos meses.
Digo incierta prisión porque la prisión preventiva en nuestra realidad carcelaria es un castigo temible y desmedido ya que en la práctica el Estado no da garantías de resguardo de la seguridad y de los derechos básicos de los prisioneros. Las víctimas fatales de los incendios del SENAME en Puerto Montt y el Centro de Detención Preventiva de San Miguel dan prueba elocuente de ello. El presidente de la Corte Suprema en su cuenta pública del año 2011 destacaba que “la situación penitenciaria en Chile se encuentra en un estado de colapso absoluto y de irrespeto grave a los derechos y garantías de quienes están privados de libertad”. El Informe anual 2011 del Instituto de Derechos Humanos se inicia con un capítulo referido a las graves violaciones que sufren los derechos de las personas privadas de libertad.
Pitronello ya ha sufrido un castigo considerable producto de su propia acción y de su estadía en tales recintos carcelarios. Su acción amerita una sanción pero ésta debe estar acorde a los principios de una justicia que busca la rehabilitación del condenado. Agregar 15 años de cárcel a las penas ya sufridas parece un despropósito, más un acto de venganza que de verdadera justicia.
Desafortunadamente, nuevamente tenemos un caso en el que el clima político generado por el llamado “populismo penal” y la consecuente invocación a la ley antiterrorista impiden ejercer una verdadera justicia. En Chile, en general todos nos alegramos del sufrimiento del que ha causado un mal, especialmente si éste pertenece a “los otros”. Cabe preguntarse, y en esto sigo a Xabier Etxeberría, si tales sentimientos expresan una verdadera humanidad o si deberíamos hacer una revisión de nuestra mirada sobre la justicia, replanteando tanto la intensidad de la pena como el sentimiento que tiene que acompañarla.
Olvidamos que en determinados casos la verdadera justicia debe ser compatible con la compasión, de lo contrario se convierte en una mera formalidad. La tarea del juez no es simplemente “ajustarse a la norma”, sin importar inclusive la legitimidad de ésta, sino administrar justicia conforme a principios humanos y mirando el mejor interés de la sociedad.
¿Necesitan los chilenos que este joven esté quince años encerrado en una celda para sentirse más seguros? No lo creo. La compasión es señal de fortaleza y no de debilidad de una sociedad.
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Foto: Soychile.cl
Comentarios
23 de febrero
Tal como dices, en Chile en general todos nos alegramos del sufrimiento del que ha causado un mal, especialmente si éste pertenece a los que consideramos “los otros”.
Así mismo, se tiende a justificar ciertas acciones de parte de los que se considera “los nuestros”, pero se sancionan como aberrantes las mismas acciones que ejecutan “los otros”. Y eso, lamentablemente también ocurre en cuanto al uso de la fuerza, la agresión y la coacción. Sancionamos mal el uso de la violencia o la agresión de parte de otros, pero no de los nuestros. No hay justicia en ese sentido.
Un elemento clave de la justicia es sancionar las mismas acciones con el mismo criterio ético. Lamentablemente, en Chile y el mundo en general seguimos sancionando acciones violentas como buenas o malas, según quien las cometa o según los fines o propósitos que se dicen defender.
Por eso, no estoy de acuerdo con decir que atentar contra un símbolo con una bomba, y no contra personas o el no causar daños a terceros, sea menos grave que atentar contra una persona. Sobre todo porque una bomba siempre implica el riesgo de generar víctimas colaterales.
El costo de una acción llevada a cabo de manera consciente, tampoco puede ser considerado parte de la sanción, cuando esa acción de delictual. Y lo que hizo este joven, fue una acción delictual.
+2
23 de febrero
Te diría lo siguiente: Siempre será diferente atentar contra una persona que atentar contra un objeto o un símbolo, porque la vida humana es el valor principal que la sociedad tiene que defender. La sanción que se impone siempre considera la intención del imputado. Obviamente lo que hizo Pitronello fue una acción delictual, y el daño que se causó a si mismo no es un atenuante desde el punto de vista legal, pero sí es un elemento que, entre otras consideraciones, puede mover a la compasión (que es parte de la justicia). Asimismo, abrir la posibilidad de una rehabilitación pasa por una sanción que haga deseable reconciliarse e insertarse en la sociedad.