Este miércoles, la Universidad de Concepción decidió cancelar una charla que iba a realizar el ex candidato presidencial José Antonio Kast en dicha casa de estudios, aduciendo que la reglamentación “prohíbe el uso de sus espacios con fines políticos o partidistas”. Más allá de la evidente disparidad de criterio –la ex candidata Beatriz Sánchez dictó en enero una clase para una escuela de mujeres líderes emergentes de RD-, muchas personas han argumentado que es correcto marginar a Kast de los espacios públicos, ya que su discurso “incita al odio”.
Respecto de este debate, como de otras materias sensibles como la inmigración, los derechos de las mujeres o la diversidad sexual, es común que se tilde de incitación al odio todo aquello que vaya en contra de ciertos cánones de lo “políticamente correcto”. Asimismo, se suele apelar abusivamente de Karl Popper para no darles cabida a los “intolerantes”.Por supuesto, las sociedades deben avanzar hacia la no discriminación y la igualdad de oportunidades para todos. Pero se avanza a partir del diálogo ciudadano, no cerrando los espacios del debate, ni menos abusando del término de “discurso de odio”.
Por supuesto, las sociedades deben avanzar hacia la no discriminación y la igualdad de oportunidades para todos. Pero se avanza a partir del diálogo ciudadano, no cerrando los espacios del debate, ni menos abusando del término de “discurso de odio”.
Más aún cuando la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha señalado en su doctrina y jurisprudencia internacional que la sanción por incitación al odio debe probar objetiva y contundentemente que la persona tenía la clara intención de cometer un crimen contra una persona o grupo de personas (como llamar a la violencia u otra acción ilegal similar), y no sólo manifestar una opinión; por muy dura, injusta o perturbadora que esta sea[1].
Por lo tanto, abusar de este concepto para obtener ciertas ventajas políticas no sólo es gravísimo y profundamente contrario a la misma tolerancia a la que apela. Junto a ello, impide diferenciar a los verdaderos promotores de la violencia de aquellos que sólo plantean puntos de vista distintos dentro del arco político.
Por lo demás, como señala el Relator especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y expresión, el efecto disuasivo de las leyes contra la incitación al odio no es absoluto, ya que los incitadores buscan precisamente ser enjuiciados para tener amplificación y promoción de sus ideas. Y, peor aún, cuando no se consigue enjuiciar la incitación a la violencia por falta de pruebas, los incitadores hasta suelen salir fortalecidos en sus “reivindicaciones”[2].
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