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Tolerancia cero y justicia: a propósito de la ley Emilia

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No es razonable castigar con mayor pena a quien tiene una menor culpabilidad y, si la pena mínima para quien mate a otro con la intención de hacerlo, pero sin premeditación, alevosía, ensañamiento, es de 5 años y 1 día, y la pena mínima para quien decidió conducir ebrio y, por accidente o imprudencia temeraria, mató a otro no queriendo hacerlo es de 10 años y 1 día, claramente hay una desproporción.

Luego del accidente de tránsito que costó la vida a una bebé de nueve meses de edad, causado, supuestamente, por un sujeto que conducía en estado de ebriedad, sus padres, para terminar con “la impunidad de asesinos ebrios al volante”, iniciaron gestiones para contactarse con parlamentarios, quienes presentaron un proyecto de ley que aumenta las penas para los conductores que, en estado de ebriedad, causen lesiones gravísimas o la muerte de la víctima. Así, la pena para la conducción en estado de ebriedad con resultado de lesiones gravísimas iría entre los 5 años y 1 día a 10 años y, si se causa la muerte, entre 10 años y 1 día a 15 años. Sin embargo, este proyecto adolece de múltiples defectos.

El primero es que responde a una situación puntual que produjo impacto público y sobre todo a un deseo de las víctimas, los padres de Emilia, quienes naturalmente se encuentran confundidos y cegados por el dolor e impotencia de la pérdida de su pequeña hija, lo que resta objetividad al proyecto.

Nadie puede criticar a los padres de Emilia por estar confundidos y solicitar, para quien mató a su hija, las penas del infierno y creer que quedó impune pese a no haberse aún dictado sentencia en el caso. Sin duda, cualquiera de nosotros en su lugar haría lo mismo, pero aquello no puede permitírsele a un parlamentario. Un legislador, al hacer las leyes que regularán con justicia a la población en general, debe permanecer sereno y con la mente fría, ajeno a las pasiones que atribulan a una víctima. De lo contrario, la ley penal no castigará al culpable con la pena justa sino que con aquella que aplaque el dolor de la víctima, cometiéndose muchas injusticias en su aplicación. Es justamente esta idea la que se plasma en el proyecto, pues se pretende aumentar hasta 15 años la pena de quien, ebrio, conduzca y mate a otro, incumpliendo los principios de proporcionalidad, culpabilidad, intervención penal mínima, igualdad ante la ley y además presume de derecho el dolo, lo que está prohibido constitucionalmente.

No es razonable castigar con mayor pena a quien tiene una menor culpabilidad y, si la pena mínima para quien mate a otro con la intención de hacerlo, pero sin premeditación, alevosía, ensañamiento, es de 5 años y 1 día, y la pena mínima para quien decidió conducir ebrio y, por accidente o imprudencia temeraria, mató a otro no queriendo hacerlo es de 10 años y 1 día, claramente hay una desproporción.

Un segundo defecto es que las penas propuestas impedirán que una persona imputada por estos delitos, pero inocente hasta que se le condene, obtenga su libertad. Es decir, se usará la prisión preventiva como castigo de cárcel anticipado, lo que además de ser inconstitucional, no da la posibilidad de revertir los errores que se cometan. Así, ¿qué pasará en los casos en que haya error en el alcotest? Ello ha ocurrido en numerosos casos, como el de la actriz Daniela Ramírez y el ex futbolista Manuel Neira. Nadie les devolverá en tiempo que pasarán presos injustamente, en caso de aprobarse el proyecto.

Un tercer defecto es que el proyecto parte dela falsa premisa de que aumentar las penas disminuirá la ocurrencia de estos delitos. Si así fuese, donde hoy existe pena de muerte no debiesen haber condenados a esa pena y, por cierto, siguen habiendo. Por el contrario, si queremos disminuir estos delitos debemos educar desde pequeños a los futuros conductores y mejorar el sistema de otorgamiento de licencia de conducir. La represión y la cárcel sólo generan mayor delincuencia, lo que se demostró con la ley de tolerancia cero que no elevó las penas de reclusión para estos ilícitos pero sí elevó las de suspensión de licencia de conducir, logrando disminuir en 30% la tasa delictual en esta materia.

Pareciera ser que el horror vivido luego del incendio de la cárcel de San Miguel se olvidó pronto, pues entonces la sociedad estuvo de acuerdo en el uso racional de la cárcel y desde el Gobierno se impulsó la reforma a la ley 18.216 de beneficios alternativos al cumplimiento efectivo de las condenas. Pues bien, la denominada Ley Emilia va contra ello.

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magdalena

06 de febrero

Desde la muerte de emilia , llevamos varios muertos mas por esta causa.
En Coyhaique, a las 10 de la mañana hemos tenido no solo un muerto sino varios heridos en un accidente atroz.
En Chile robar un cheque tiene mayor castigo que matar a otro.Para los chilenos , la vida de otro chileno vale cinco años y un día
dan ganas de llorar.
Si fuera el hijo del que escribe el muerto, quizás seria distinta su escritura..

@gonzalozamorano

06 de febrero

¿Cuanto importa el tiempo de detención preventiva en estos casos? El tipo no está privado de libertad por inflar globos y regalárselo a los niños en la plaza, está por «manejar ebrio» lo que en otras palabras es como salir con «un revolver y jugar a la ruleta rusa con los demás». No es mejor efectivamente prevenir, más que lamentar como ya lo venimos haciendo con casos como Kevin Silva, los corredores de la Teletón, los cilcistas de Coyhique, Emilia, la niña que mató Herrera, la familia Alvarez de Chicureo? Esperamos más casos como este? O subimos los costos para el desalmado que sabe que al subirse a un auto en ese estado está cargando su arma con el riesgo de dispararla a cualquiera como Ud o como yo? Conozco extranjeros como alemanes que me dicen que estas restricciones fueron instauradas hace 2 décadas en Alemania porque se enfrentaban a lo mismo. Y con un contexto donde la cerveza es patrimonio nacional. A pesar de que costó mucho el cambio, hoy allá estos casos impensados los comenten extranjeros, principalmente latinos por su cultura de la poca responsabilidad para con los otros, no respetan nada. Hoy es impensado para un alemán pueda cometer estas imprudencia. Y las nuevas generaciones ya nacieron bajo ese pensamiento. Concuerdo con Ud en que hay que reestudiar las penas en su justa medida, ¿pero cual es la medida justa para quien mata a un bebe conduciendo ebrio? Hay que educar, perfeccionar lo que hay. Pero no comparto con Ud en que la pena en estos casos sea desproporcionada. Tal vez hay una diferencia matemática con la referencia que da. Pero me pregunto cual es la medida del dolor para las familias que pierden a un ser querido? Y eso debe tener un precio. Alemania lo logró con normas y leyes más estrictas y demoró veinte años en cambiar la cultura de su población, frente a todos los obstáculos, como lo son también este tipo de visiones y criterios como la suya.

06 de febrero

Don Francisco:
Su artículo, también parte desde un punto de vista sesgado, por cuanto su especialidad es defensor de inculpados.
El asunto es otro en estos casos
1.- Cuando se produce el accidente, lo primero que se ve es el estado etílico de causante (in situs) junto con los daños que ha causado tanto a las personas y a los bienes materiales.
El solo hecho de demostrarse y acreditar su ebriedad, ya tiene una prueba mas que suficiente para dejarlo en prisión preventiva. en espera del juicio. Lo demás es solo verborrea o mejor dicho paja molida.
2.- La ley actual ampara a los inculpados a todo evento y gratis, sin embargo las victimas, solo esperan que los fiscales hagan su pega para determinar el delito, NO TIENE DEFENSA GRATIS
pregunto sinceramente ¿es justo esto?
3.- Lo que manifiesto es, ¿porque se le atribuye a la Fiscalía un grado de defensa de la victima?, cuando su pega es otra que tiene que ver con buscar la pruebas que permitan acusar al inculpado.
4.- Ahora bien, lo correcto es que la victima también tenga derecho a tener una abogado defensor, por cuanto es bien diferente el Trabajo de los Fiscales en su misión de buscar las pruebas, a ser los defensores de las victimas, incluso si las victimas tienen defensor pueden ayudar muchísimo a solucionar los casos porque normalmente las victimas se inhiben frente a los fiscales. Y el abogado defensor de la victima puede apoyar eficientemente a los investigadores.

De esta manera hay equidad absoluta entre las partes.

Muchos saludos.

06 de febrero

» incumpliendo los principios de proporcionalidad, culpabilidad, intervención penal mínima, igualdad ante la ley y además presume de derecho el dolo, lo que está prohibido constitucionalmente. »

Creo que desde hace 30 años, como minimo, todos sabemos, todos los chilenos, que si bebemos no debemos conducir. No es algo que sea secreto, porque las campañas al respecto son muy claras: si bebe alcohol, sin importar la cantidad, no conduzca.

Asi que sí hay dolo en manejar cuando se ha bebido. Porque ¿que es el dolo? La voluntad deliberada de cometer un delito a sabiendas de su ilicitud. TODOS SABEMOS QUE ES ILEGAL CONDUCIR HABIENDO BEBIDO ALCOHOL. DESDE NIÑOS LO SABEMOS, DESDE CASI MEDIO SIGLO QUE LO SABEMOS.

Y es tanto asi que creo que no ve el problema como lo vemos los demas. Un tipo o una tipa, que ha bebido mas de tres piscolas, sabiendo que es un delito, sabiendo que esta prohibido, sabiendo los efectos que el alcohol tiene en los reflejos, sin importarle para nada su propia seguridad y la de los demas, se sube a su auto y maneja. Y aparte de ese delito, comete otro, que es ir a exceso de velocidad, porque no es que el que maneja el auto bebido vaya a 40 km/h tomando la precaucion de ir mas lento porque sus reflejos son mas lentos, no, pisa acelerador y maneja a mas de 80 km p/h en zona urbana (que es donde ocurren la mayor parte de los accidentes) SABIENDO perfectamente que el limite varia entre 50 y 60 km/h.

¿Es que esta tipa o tipo solo fue imprudente? No!!! Manejo bajo la influencia del alcohol o directamente ebriedad, exceso de velocidad… Sabiendo que son delitos, sabiendo antes de cometerlos que no debe cometerlos, cometiendolos porque le da la gana hacerlo. Eso define a un delincuente, no a un imprudente. Imprudente es una persona que toma un remedio sin tener claros los efectos secundarios, imprudentes son los limpiaventanas de los edificios que no usan las medidas de seguridad necesarias. Un tipo o tipa que conduce un auto bajo efectos del alcohol es un delincuente, porque esta manifestando con su accion una clara intencion de delinquir, sabiendo de antemano que puede provocar un accidente, porque sobre eso no hay forma de mentir: todos sabemos que las probabilidades de sufrir un accidente aumentan considerablemente si uno esta bajo la influencia del alcohol.

Ese tipo o tipa, que ha mostrado deliberado desprecio por las normas legales, y ademas por la seguridad de los demas, porque es tan choro o tan super que puede manejar ebrio, con su actitud mata a una persona, arrastrandola 5 metros destrozandole la cabeza y si no mata a la persona, la deja paralitica de por vida, con lesiones irreversibles….

Y lo de la prision preventiva… creo que todos hemos perdido la cuenta de cuantos conductores que han matado a personas estando ebrios manejaban sin licencia, o con licencia retenida o con licencia falsa por haber estado manejando en estado de ebriedad antes. O sea, que son un peligro para la sociedad.

Neira no estuvo injustamente en prision, no es la primera vez que manejaba borracho, ojo, asi que no vamos a hacer victima a un reincidente. Ramirez no estuvo injustamente en prision porque una cosa es que el alcotest haya marcado error, y otra que no haya estado ebria porque lo estaba, y muchos deseamos que Herrera vaya a prision, asi como tantos otros en la misma situacion. Porque este delito, el manejar en estado de ebriedad, ES UNO DE LOS DELITOS MAS FACILES DE NO COMETER. SI BEBES NO CONDUZCAS. Bebe en tu casa, si te quieres emborrachar emborrachate en tu casa, pero si sales no te emborraches, si bebes alcohol no manejes, usa taxi, sal con un amigo que no beba… joder, hasta un niño de cinco años lo sabe ¿como puede haber tanto imbecil que no lo entienda?

Si queremos disminuir estos delitos, o sea, manejo en estado de ebriedad y a velocidad, no solo tenemos que educar, tenemos que dejar de dar señales confusas. No podemos decirle a un niño «si bebes no conduzcas» para que luego el niño vea por television que alguien como Martin Carcamo maneja en estado de ebriedad y no recibe ninguna sancion. No podemos enseñar a los niños a ser responsables mientras ven por television que un tipo que asesina a una joven por andar borracho y a exceso de velocidad solo recibe una multa.

Es cierto que hay que revisar la ley, porque hay errores, como el que menciona, porque sí es ridicula la desproporcion entre matar a alguien con un cuchillo y matar a alguien con el auto, porque los legisladores estan demasiado ocupados en sus campañas politicas para sentarse a ver el problema. Pero quien maneja en estado de ebriedad es un delincuente, ni mas ni menos, y si maneja y mata a alguien es un asesino, ni mas ni menos.

Miguel Emerson

06 de febrero

Y bueno, lo que más me da miedo hoy en día es la paupérrima comprensión de lectura que se aprecia en los comentarios y opiniones de blogs o sitios de noticias.

La proporcionalidad es clave en este asunto de la ley. Son cosas que se deben revisar bien, ojalá los legisladores hagan bien su trabajo.

06 de febrero

Hay dos cosas que creo que hay que revisar: las penas por los delitos y las normas carcelarias. Porque todos somos testigos de que criminales con un prontuario mas largo que la Biblia estan libres. ¿Es porque carabineros es ineficiente? No, es porque se les detiene, se les procesa, se les encuentra culpables, entran a la carcel y pum! se portan bien y obtienen permisos domingueros, reclusion nocturna, etc.

No podemos ponerle a alguien una pena de 30 años de carcel, o 40 años, o 100 años, y luego, porque se ha comportado segun las normas carcelarias, lo tengamos libre a los 6 meses.

Las penas deben revisarse, porque tenemos a mas personas inculpadas que condenadas en la carcel. Tenemos que tener penas acordes con el delito, sí, porque no se entiende que haya chicos que pintan murales presos y a asesinos sueltos, hay que dejarse de pensar en que vamos a disuadir y reformar el sistema para que el hechor compense realmente a la victima y a la sociedad por el delito cometido ya sea prestando algun servicio dentro de la carcel, o realizando algun oficio que implique al hechor un esfuerzo, ser muy exigentes en cuanto a los atenuantes, no tener contemplacion con los reincidentes, y hay que revisar y reformar las normas carcelarias, para que la pena por la que la persona fue condenada sea realmente cumplida, salvo que demuestre realmente haber recapacitado.

Pero es imperativo que el tarado o tarada que bebe y maneja deje de irse de rositas.

07 de febrero

Don Miguel:
Estoy muy de acuerdo con lo expresado, pero mas se agradecería
su colaboración para que nosotros los menos letrados o cortos de mollera, pudiéramos entender mejor lo que el columnista quiere decir.

En cuanto a la proporcionalidad de la ley, esto puede ocurrir cuando verdaderamente la ley sea bien redactada, si se fija no solo en este caso, sino en todas las leyes que se han promulgado vienen con graves defectos que incluso las han modificado apenas salen del horno (je), esto demuestra la falta de preparación de los que deben participar en este delicado tema.

Muchos saludos.

Franco

06 de febrero

El Estado deberia ocuparse de hacer un nuevo codigo penal, es tal la cantidad de leyes parches que han salido, el anacronismo de algunas figuras penales, la desproporcionalidad( para mas o menos ) que surge la necesidad de formular una reforma en tal sentido que involucre a todos los actores: legisladores, poder judicial, ministerio publico, defensoria penal, etc. Esto seria mas preciso que andar, populista y oportunistamente, promoviendo Leyes Zamudio o Emilia, que solo son parches( necesarios o no) para un sistema penal que nl ha sido actualizado con la prontitud y conforme a la evolucion que ha tenido la sociedad actual.

Rodolfo Moreno

07 de febrero

La única forma de reducir los delitos de conducción en estado de ebriedad es afectar donde mas les (nos) duele a todos: el bolsillo y nuesdtras pertenencias.
Si se aprovecha lo dispuesto en el artículo 187 del Código Procesal Penal que dispone la INCAUTACION de los instrumentos de cualquier clase que parecieran haber servido o haber estado destinados as la comisión delo delito investigado, en relación con el artículo 31 del Código Penal que establece el COMISO, es decir la pérdida de los efectos que provengan del delito y de los instrumentos con que se ejecutó, y se modifica la ley de tránsito en el sentido que cada vez que se sorprenda a un conductor ebrio, invariablemente se le incaute su vehículo y en definitiva se disponga el comiso del mismo, via condena o via suspensión condicional del procedimiento, aunque el vehículo no sea de su propiedad, entonces, nadie va a manejar ebrio y nadie le va a prestar su auto a alquien que pueda eventualmente conducir en tal estado.
Entonces no será necesario elevar las penas privativas de libertad. Hay que afectar donde mas duele.

Ramiro Vergara

07 de febrero

Si hicieramos una encuesta, preguntando a conductores de vehiculos si saben que no se debe conducir en estado de ebriedad, al menos el 99% respondería que lo saben.
Nadie bebe por accidente, que yo sepa a nadie se le ha obligado a beber «socialmente» y todos sabemos que si nos vamos a tomar unas copas luego del trabajo o en una celebración, no estaremos en condiciones de manejar.
Por tanto, conducir sabiendo que beberemos, y que luego tendremos que volver manejando ES PREMEDITACION.
Manejar en estado de ebriedad para ir a compra más alcohol ES ALEVOSIA.
Y que la LEY permita que en cinco años ese ASESINO quede libre de antecedentes penales por matar conduciendo un vehículo en estado de ebriedad ES ENSAÑAMIENTO.
El sentido común no se vende en las farmacias.

Pedro Pinochet Urzúa

07 de febrero

«No es razonable castigar con mayor pena a quien tiene una menor culpabilidad y, si la pena mínima para quien mate a otro con la intención de hacerlo, pero sin premeditación, alevosía, ensañamiento, es de 5 años y 1 día, y la pena mínima para quien decidió conducir ebrio y, por accidente o imprudencia temeraria, mató a otro no queriendo hacerlo es de 10 años y 1 día, claramente hay una desproporción.»

Estimado señor:

Si bebió y DECIDIÓ CONDUCIR EBRIO, elimina el accidente o imprudencia temeraria y el matar a otro NO queriendo hacerlo. Simplemente y burlándose de todos, libremente asumió el riesgo y entiende la «premeditación» de su acto.
Le encuentro la razón en cuanto a la desproporcionalidad. Para las víctimas, la muerte. Para el victimario la ley del embudo.

«Claramente», como usted dice, una cosa es «la legalidad» y otra muy distinta «la justicia».

De eso se trata la Ley Emilia… acercarse a la justicia.

leonor roldan

07 de febrero

La confucion parte por no entender que no es la pena no es el sufrimiento de una familia porque el daño lo sufre la sociedad completa que pierde a uno de los suyos por un acto que hasta hoy no tiene su justo castigo. En cuanto a que no es equivalente a un homicidio con sus agravantes, quizas quien planifica un asesinato elige su victima y esta clara la sancion aqui todos los que tristemente nos cruzemos en su camino seremos potenciales victimas y asi cuantas sean pues si es una la muerte o muchas el resultado es el mismo. Como sociedad debemos ser capaces de reparar y mejorar la ley que no esta acorde con la realidad eso es asi y no debiera conflictuar un avance como este es mas es una deuda con todos los que hoy silenciosamente han debido resignarse.

07 de febrero

Ojalas los parlamentarios en marzo no opinen como el señor Alvarado. Espero que tengan la frialdad de ver la cantidad de acciddentes ocurridos por manejo en estado de ebriedad que merecen una mayor justicia

david muñoz

09 de febrero

UNA MIERDA DE COLUMNA, SE NOTA QUE LA HIZO UN ABOGADO…PADRES CONFUNDIDOS PORQUE UN EBRIO IRRESPONSABLE MATÓ A SU HIJA?. CONFUNDIDOS DE QUE?..IMBECIL…

18 de febrero

A mi juicio, lamentablemente demuestra el vaivén de los políticos en general para aprovecharse del pánico y ganar unos votos extras luego de la escasa participación de las municipales, y como bien dice el artículo, no se debería usar una ocasión, que si bien no deja de ser extremadamente penosa, para aumentar las penas de un hecho que no merece necesariamente una pena tan alta; existen mejores métodos para evitar los accidentes de tráfico, como la inclusión por ejemplo, de educacion obligatoria durante la enseñanza media (durante la cual, la mayoría de los jóvenes comienzan a manejar, de manera legal o ilegal) en vez de enseñar tanto tecnicismo estúpido.

Diego

15 de octubre

Me acabo de enterar de este caso hoy día, me parece un acto de estupidez no tomar las medidas necesarias para cambiar la manera de pensar de las personas que manejan en estado de ebriedad, es un acto de inmadurez hacerlo, gracias a estos tontos ahora Emilia está muerta, el culpable lo debería reconocer y ser castigado por su acto, descansa en paz Emilia

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