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Sobre libertad condicional y reinserción

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Revuelo ha causado esta semana la decisión del poder judicial de otorgar permisos de libertad condicional a cerca de 1.980 reos, algunos cuyos informes entregados por Gendarmería de Chile no eran favorables. La ministra de Justicia Javiera Blanco criticó duramente la entrega del beneficio de la libertad condicional en tanto significa un aumento sustantivo respecto a la proporción de beneficios entregados en semestres anteriores. De hecho, durante ambos semestres del 2015 la entrega de este beneficio ascendió apenas a 2.276 personas.


La tendencia creciente en la entrega de beneficios penitenciarios es una fuente de avances importante para la disminución de la reincidencia delictual en Chile, sin embargo ello depende de que se diseñen y ejecuten programas que acompañen este proceso de salida y que como sociedad apoyemos a las personas en su retorno a la comunidad.

Pese a la confusión que han generado los medios, de ninguna manera la libertad condicional significa el término de una condena, sino que permite a la persona cumplir su pena en libertad, con la obligación de firmar una vez a la semana en un Centro de Apoyo para la Integración Social, CRS o unidad de Gendarmería de Chile más cercana al lugar de la residencia. Lo que se inicia, es un proceso de supervisión y seguimiento, con el fin de apoyar el proceso de desistimiento del delito y asistir a la persona en su proceso de reinserción social.

Creemos que el problema no radica en el otorgamiento o la extensión de estos beneficios, como erradamente han mencionado autoridades, funcionarios de Gobierno y algunos medios, sino que en la calidad de los servicios postpenitenciarios entregados a quienes reciben la libertad condicional.

Es clave señalar que “no cualquiera” puede postular y obtener este beneficio; pues se requiere que: la persona haya cumplido la mitad de la pena que se le impuso por sentencia definitiva, demostrado conducta intachable, haber aprendido un oficio o mantener una actividad laboral y haber asistido con regularidad y provecho a la escuela del establecimiento penal.

Sólo una vez cumplidos estos requisitos los equipos profesionales de cárceles de Gendarmería elaboran un informe adjunto a la solicitud y ésta es concedida o negada por las cortes de apelaciones de todo el país. Así mismo, el beneficio puede ser revocado si: la persona comete otro delito, se ausenta sin autorización de su lugar de residencia, o si falta dos semanas consecutivas a su firma.

El motivo para otorgar la libertad condicional es bastante simple; de las cuatro motivaciones que podría tener una sentencia penal (reinserción, aislamiento, disuasión o simple castigo), la libertad condicional está asociada casi en su totalidad con la reinserción social. Es un intento de sacar a las personas de la cárcel y revincularlos con sus grupos familiares y comunitarios y, en especial, buscar su reinserción sociolaboral, manteniendo un control sobre sus actividades.

Lo descrito es el ideal, la realidad en nuestro país ha sido y es algo distinta, pues prácticamente todo el sistema penal parece esperar que quienes acceden a este beneficio recaigan, lo mismo espera el ciudadano de a pie. Y es claro, que dentro de las posibilidades, es alto el nivel de personas privadas de libertad que luego reinciden.

Sin embargo, y contrario a lo que el común de la opinión pública cree, estudios nacionales e internacionales han observado que las personas sujetas a libertad condicional poseen niveles significativamente más bajos de reincidencia que aquellos sujetos a privación de libertad o incluso que aquellos condenados a servicio comunitario (Sage publications, 2015, Estudio Reincidencia Paz Ciudadana, 2013)).

Expertos en el área han identificado dos elementos críticos para un sistema de libertad condicional exitoso. En primer lugar, que exista una supervisión efectiva y en segundo lugar, que se entregue a las personas, las condiciones, recursos y apoyo social necesarios para atender a sus necesidades criminogénas.

Estas necesidades consisten en aquellos factores de riesgo, susceptibles de modificarse, y que contribuyen a aumentar la probabilidad de una persona reincida, tales como: las actitudes antisociales, el contacto con pares antisociales, relaciones familiares, deserción escolar y una baja participación en el mercado del trabajo. En Chile contamos con instrumentos para evaluar este nivel de riesgo, sin embargo, éstos no son utilizados para determinar quien debiese recibir los beneficios penitenciarios.

Desde nuestra Fundación consideramos clave aportar en al menos 4 ámbitos en la discusión sobre las libertades condicionales y una política de reinserción adecuada:

  1. a) Evaluaciones de Riesgo: En la medida en que mejoremos las prácticas de evaluación del riesgo podrán realizarse diagnósticos más acabados y objetivables, que permitan tomar decisiones informadas y basadas en evidencia.
  2. b) Programas Intrapenitenciarios: La tendencia creciente a nivel mundial es mejorar y incrementar la calidad de las prestaciones básicas al interior de la cárcel y de beneficios penitenciarios que pueden ser una fuente de avance importante para la disminución de la reincidencia post encarcelamiento. En nuestro país hoy esa oferta es mínima en coberturas (Estudio Exclusión Social Paz Ciudadana, 2015).
  3. c) Programas de Reinserción Postpenitenciarios: La experiencia comparada y estudios en nuestro país señalan que los primeros 90 días post egreso de la cárcel son claves para evitar la reincidencia, es por esta razón que la existencia de programas postpenitenciarios y de reinserción especializada, son imprescindibles para consolidar el desistimiento del delito y una posterior reinserción en la sociedad, de manera prosocial.
  4. d) Servicio Nacional de Reinserción Social: la crisis del sistema carcelario chileno también pasa por una modificación de la institucionalidad. El Ejecutivo tiene desde hace años una propuesta de Servicio Nacional de Reinserción Social que venga a profesionalizar la intervención técnica para la reinserción y que complemente el trabajo de control que realiza Gendarmería de Chile.

La tendencia creciente en la entrega de beneficios penitenciarios es una fuente de avances importante para la disminución de la reincidencia delictual en Chile, sin embargo ello depende de que se diseñen y ejecuten programas que acompañen este proceso de salida y que como sociedad apoyemos a las personas en su retorno a la comunidad.

Maria Eugenia Sosa, Directora de Estudios
Juan Pablo Venegas, Director Ejecutivo
Fundación ProyectoB

TAGS: Cárceles Derechos Laborales Reinserción sistema carcelario

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