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Alto. La persecución como negocio

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Probablemente todos quienes hayamos entrado a una tienda del retail alguna vez en la vida, hemos visto un curioso signo adherido a las paredes: un triángulo azul encerrado en un círculo gris, bajo el cual aparece con letra roja la palabra “alto”. ¿Qué es alto? Aquí recopilamos parte de las investigaciones y notas periodistas acerca de esta empresa, de la que poco se sabe, y haremos algunas prevenciones desde la perspectiva penal, luego de analizado aquello.


Aunque, a primera vista, parecen brindar una solución a la problemática del delito; si miramos tras la apariencia, podremos percatarnos de que difícilmente querrían que las tasas de comisión de delitos disminuyeran.

De esta manera, en la página web de la empresa se presentan de la siguiente forma: Grupo Alto, nace en el año 2003 con el objetivo de ser un aporte a la sociedad a través de la generación de soluciones innovadoras e integrales que buscan disminuir pérdidas ocasionadas por delitos patrimoniales que afectan a las empresas y que impactan directamente su estado de resultados (principalmente robos, hurtos y fraudes[1]. Así pues, Alto es una empresa que podemos llamar, por de pronto, innovadora. A través de sistemas de información, gestión legal y marketing disuasivo busca reducir las pérdidas del retail por concepto de hurto falta del artículo 494 bis del Código Penal (mal llamado “robo hormiga”)[2], entre otros.

La idea de este emprendimiento es del abogado Jorge Nazer, quien funda la empresa en conjunto con Juan Ignacio Piña. Es destacable mencionar los vínculos de ambos con el ámbito público, y más aún, con las políticas públicas referidas a seguridad ciudadana. Así, Nazer fue nombrado por Sebastián Piñera como Director de la División de Seguridad Pública del Ministerio del Interior, sin embargo, duró solo 7 meses en el cargo, luego de los cuales volvió a dedicarse de lleno a la actividad empresarial; en tanto Piña fue nominado por Sebastián Piñera como subsecretario de justicia, por lo cual vendió sus acciones de Alto, que ascendían al 30% del total.

Como señalamos al inicio, Alto se estructura a través de tres ejes: sistema de información, gestión legal y marketing disuasivo. En cuanto al sistema de información, la empresa se presenta como la que cuenta con la base delictiva más grande de América Latina. Efectivamente, cuentan con un software que almacena una base de datos con la historia de cada individuo que ha sido sorprendido ejecutando este delito. Así, “basta con introducir en determinado campo un apellido para que se despliegue una lista de nombres. Haciendo clic en cualquiera se puede leer algo así como ‘Perico de los Palotes, domiciliado en tal parte, detenciones en 1999, 2000, 2001; condenado por hurto en 2000, sorprendido hace una semana en tal local y con prohibición de ingreso a este supermercados y esta otra multitienda’”[3].

Esta información es obtenida, entre otros, a través de cuestionarios que se les formulan a los imputados, Piña señala: “es una pequeña negociación que hacemos, un incentivo, para obtener información útil, no es más que eso, la idea es saber cosas«-cuenta José Ignacio Piña, socio fundador de Alto. ¿Qué preguntas incluye este cuestionario?, existen preguntas del tipo: ¿Cómo reaccionas al ser descubierto? ¿Sientes que estás haciendo algún daño? ¿Mi familia está de acuerdo con lo que hago? ¿Algunos integrantes de mi familia también roban? ¿Fuiste obligado a cometer este delito? ¿Robo porque es la única manera de obtener dinero?[4].

En cuanto a la gestión legal, Alto se presenta como el mayor querellante de Chile y un 80% de condenas en los casos en que ellos se querellan. Ahora bien, hay quienes señalan que “no hay ninguna condena que hubiera sido aumentada un solo día porque Alto estuvo ahí, las condenas las obtienen los fiscales, ellos no son mucho más que oyentes”[5].

En lo que a marketing disuasivo respecta, a través de su sello e imagen buscan infundir temor en los individuos que se proponen cometer esta clase de delitos. Incluso, llegan al punto de hacer marketing directo enviando cartas a los domicilios de los imputados con mensajes intimidatorios, saludos de fin de año o de cumpleaños diciendo “aléjate del sello”[6]. Si bien en el citado artículo de la Revista Capital encontramos alusiones a programas de rehabilitación para los autores de estos delitos, en la página oficial de Alto no aparecen menciones al respecto. Este aspecto del marketing es el que llama más la atención, y a la vez preocupa[7].

Ahora bien, ¿qué podemos decir desde las ciencias penales acerca de lo planteado anteriormente? Primeramente, el juicio será hacia la tipificación del hurto falta como figura delictiva, sobre el cual recae de forma preponderante la acción de Alto. De más está plantear el argumento del derecho penal subisidiario y fragmentario, en virtud del cual es el recurso de ultima ratio y sólo para las afectaciones más graves a las condiciones de existencia del individuo dentro de una sociedad. De esta manera, si en nuestro país existen conductas que tienen una lesividad social sumamente alta, y aun así no se sancionan con pena privativa de libertad, mal podemos justificar la aplicación de dicha sanción a crímenes de bagatela, como resulta ser el hurto falta. Este delito, pese al usual argumento que se da por parte de las empresas del retail (que, sumadas las pérdidas, el daño sí es cuantioso), es muestra palpable de la evidente arbitrariedad con que el legislador sanciona las conductas y gradúa las penas, obviando la referencia a la preponderancia de cada bien jurídico.

Por otro lado, en cuanto al emprendimiento que constituye Alto, creemos que es posible extrapolar a esta empresa la crítica formulada por Carnevali a las cárceles privadas, en cuanto el particular que está detrás de dicha actividad tiene, naturalmente, fines de lucro al desempeñar dicha actividad[8]. En consecuencia, el hecho de que se monte una industria para proveer herramientas para combatir un suceso que la sociedad desea que no exista, pero cuya desaparición (o, inclusive, una baja en la comisión de delitos) traería aparejado el término del giro de la empresa que provee de dichos medios, pues ésta subsiste gracias a la comisión de los mismos, no hace sino evidenciar una contradicción.

El fin de lucro es un requisito indispensable para poder hablar de una empresa, y en este caso las empresas usufructúan con la comisión de delitos. Aunque, a primera vista, parecen brindar una solución a la problemática del delito; si miramos tras la apariencia, podremos percatarnos de que difícilmente querrían que las tasas de comisión de delitos disminuyeran. Al menos, con independencia de si los propietarios de estas empresas “quieren” que aumenten o disminuyan las tasas de delincuencia, objetivamente es perjudicial para sus negocios que estas se reduzcan. Si a eso le sumamos su posible presencia como personeros públicos en carteras que tienen posibilidad de incidir en la formulación de la política criminal, el resultado no es del todo auspicioso.

En definitiva, y como plantea Carnevali respecto de las cárceles privadas, “la lógica del delincuente como enemigo sólo lleva a perpetuar el problema y, a mi modo de ver, el sistema privado seguiría esta lógica, pues, en definitiva, ese es el negocio[9].

 

[1] Tomada de http://www.alto.cl/quienes-somos/ el 22 de abril de 2015.

[2] “Para todos es familiar el concepto de “robo hormiga”, aquella lacra con la que grandes tiendas y supermercados han de lidiar y convivir como si fuera un parásito que continuamente se adapta a los intentos por erradicarlo”, Trujillo Rivas, Daniel, “¡Alto ahí, caramba!”, en Revista Capital (24 de Agosto de 2007). Disponible en <http://www.capital.cl/poder/2007/08/24/050800-alto-ahi%C2%AD-caramba>, accedido el 22 de abril de 2015.

[3] Ibid.

[4] Pizarro, Claudio, “Los conflictos de interés del nuevo sheriff de La Moneda”, en The Clinic (10 de abril de 2010). Disponible en <http://www.theclinic.cl/2010/04/10/los-conflictos-de-interes-del-nuevo-sheriff-de-la-moneda/>, accedido el 22 de abril de 2015.

[5] Ibid.

[6] Trujillo Rivas, cit. 2.

[7] Pizarro, cit. 4.

[8] Carnevali, Raúl, “Cárceles privadas: ¿es sólo un negocio?”, en Él mismo, Problemas de política criminal y otros estudios, Legal Publishing, Santiago, p. 103.

[9] Ibid, p. 107.

TAGS: #Delincuencia #PolíticasPúblicas Especial delincuencia Seguridad

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servallas

25 de agosto

Curiosa argumentación, difícil de entender, por una parte se argumenta que hay delitos más serios que no se persiguen o no tienen mayor persecución, pero existe una empresa que con fines de lucro (¿no lo hacen así todos los abogados?), se dedica a perseguir delitos menores y al parecer consigue penas, luego se argumenta que parte de sus directivos formaron parte del gobierno de Piñera, lo que se insinúa como algo de connotación negativa, finalmente se argumenta que la empresa persecutora depende del tipo de delito por lo tanto su existencia no tendría sentido si el delito se acaba, así podríamos entender que intentaría fomentarlo. Curioso. Queda la sensación que por atacar una empresa con la cual no se tiene buenas vibras, se intenta defender al ladrón con argumentos rebuscados.

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