#Justicia

Aborto terapéutico: una postura pro vida.

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Cuando se habla de aborto por inviabilidad del feto el argumento es distinto al del aborto terapéutico. En el primer caso se busca acabar con la vida del feto destinado a morir, intra o exrauterinamente, lo cual busca aplacar el sufrimiento psicológico que significa para la madre atravesar por todo el período de embarazo para terminar en sus manos con un cadáver intrauterino o cadáver extrauterino al poco tiempo posterior al parto. Aquí priman factores de integridad psíquica y libertad de la mujer. En el segundo supuesto, en el aborto terapéutico, hablamos de proteger la vida de la madre frente a un embarazo que puede causarle la muerte. Aquí hablamos de la vida de la mujer y es a este último caso al que quisiera dedicarle unas líneas.

La mortalidad materna sigue siendo un problema en nuestro país. Hace algún tiempo  la excelente noticia de que las cifras de fatalidad habían sido reducidas gracias al “embarazo seguro” no hizo sino acercarnos a una sociedad mucho más preocupada de la vida de la mujer en estado de gravidez. Sin embargo lo anterior en ningún caso logró reducir las cifras de mortalidad a cero, pues sigue existiendo un número de madres que perecen en virtud del embarazo, embarazo que muchas veces es diagnosticado de forma previa como futura causa de muerte para la madre. 

¿Qué hacer? 

En el supuesto de que el feto sea inviable y ponga en riesgo la vida de la madre resulta sensato pensar que debemos permitirle a la mujer la opción de privilegiar su vida y no penalizar dicha conducta. Cualquier postura distinta sería a todas luces contraria a la vida, sería privilegiar un supuesto que nos lleva a darle preferencia al resultado de dos muertes por sobre una.

Ahora, ¿qué pasa en aquellos casos en que el feto no es inviable pero que es una causa segura (o muy probable) de muerte para la madre? Para los que pensamos que el feto no es un ser humano sino hasta el desarrollo de su sistema nervioso central (SNC) no nos resulta problemática la opción de interrumpir el embarazo hasta dicho suceso, pues se privilegia un ser humano por sobre un ser que no lo es. Otro argumento requiere lo que suceda en la hipótesis posterior al desarrollo de un SNC (aunque igualmente aplicable al supuesto anterior para quienes discrepen en su fundamento). En este último caso, ante la situación vida versus vida, sea cual sea la decisión que adoptemos significará que una perezca y la otra no.

Esto último es muy importante y tiende a ser soslayado: sea cual sea la medida que se tome, en este supuesto, la ciencia nos indica que el resultado muerte se producirá de igual manera al menos en un ser humano, es la crónica de una muerte anunciada. En tal supuesto la madre ha de ser privilegiada: el Estado no puede sancionarle por preferir su vida por sobre la de un tercero si la suya peligraba. Penalmente es inviable. De lo contrario el derecho a la vida pierde todo sentido, autorizamos al Estado a obligarte a tolerar la vida de un tercero, a costa de la propia. Esta situación, en la que el Estado te obliga a morir, es incompatible con el derecho a la vida.

Lo anterior sin duda debe hacernos reflexionar: en la discusión del aborto terapéutico ¿quiénes son realmente los pro vida?

(*) César Miranda / Vocero de Red Liberal /  www.redliberal.cl
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Foto: sarihuella / Licencia CC

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Comentarios

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19 de diciembre

Pese a que el punto en cuestion es bastante poco comun, el punto es entre libertades y derechos, y desde cuando tenemos derechos como seres humanos, no es una discucion bizantina, Y por otra parte los que defienden libertades todas….y las mujeres tienen libertad en cuanto a su cuerpo….pero ¿ El bebe es su cuerpo? , la respuesta es NO , el feto no es un tumor, tiene desde temprano su propio sistema circulatorio entre otros, y actua de manera independiente, su madre lo alimenta pero el no es su madre, es otra persona.Todos los que defienden libertades, debieran recordar que hace años sus madres sacrificaron sus propios fines , y no interrumpieros sus embarazos ,escuchando a personas como ustedes y estan aca ahora VIVOS.

19 de diciembre

Sergio. Sin duda que buena parte del espectro de la discusión sobre el aborto gira en torno a vida versus libertad. Sin embargo en esta ocasión no siempre aplica así, como lo explicité en el caso anterior.

Ahora que usted ha traído ese tema a colación, lo comento.

1. Si bien el feto no es parte de su cuerpo sí sobrevive a costa del cuerpo de la madre, al interior del mismo y en ese sentido la madre tiene pleno derecho a terminar la vida de eso que crece en su interior mientras no se transforme en un ser humano.

2. En cuanto al momento en que estamos hablando de un ser humano creo que el argumento del sistema nervioso central es bastante bueno en términos biológicos. En caso de no ser aceptado podemos optar por el argumento de la coherencia normativa que nos lleva al mismo resultado. Como dice usted no lo considero una discusión bizantina, pero el objeto de la columna era otro.

3. En cuanto a la referencia a nuestras madres y la postergación de sus fines, ello no viene al caso. Discutimos darle la posibilidad da las mujeres de poder proteger sus vidas, que la tomen o no es decisión de ellas.

Saludos.

19 de diciembre

Estimado Cesar: iré por parte por que esto es para largo:

1.el párrafo sobre el concepto aborto terapéutico:cito «el aborto terapéutico no existe en Etica Científica, ya que sería una contradicción y,
esta acción debería llamarse «interrupción terapéutica del embarazo». Como se indicó, la situación en Etica Médica era conocida y estaba totalmente resuelta»
http://www.colegiomedico.cl/Default.aspx?tabid=251

Explico : cito un ejemplo del articulo :http://www.liberalismo.org/articulo/226/53/liberalismo/derecho/aborto/argumentacion/liberal/

«dos individuos se hallan sobre una balsa en medio del océano. La balsa, que está muy maltrecha, sólo puede seguir transportando a uno de los navegantes; de lo contrario se hundirá y ambos morirán. ¿Cómo puede resolverse este fatal aprieto? Ninguno de los dos tiene derecho a matar al otro para preservar su vida. ¿Deben decidirlo por consenso? ¿Echarlo a suertes? ¿Debería uno de ellos sacrificarse unilateralmente? En el caso del aborto, ¿por qué iba a tener la madre más “derecho a la vida” que el hijo? ¿O el hijo más derecho que la madre? El que ella esté consciente y el hijo no, ¿implica que la madre tenga derecho a elegir el aborto?»

si hablamos de aborto «terapéutico».la solución a este conflicto sería dispararle al hijo y luego salvar a la madre.
si hablamos de interrupción del embarazo por causa materna o interrupción terapéutica o medica del embarazo . la solución es tratar a la madre y de provocarse la muerte del feto eso sería un resultado no buscado.

Por qué el énfasis en tal diferencia? : No todas las interrupciones terapéuticas de embarazo llevan ala muerte del feto .Si el feto es viable (después de 23 sem x ejemplo) se harán las atenciones necesarias para su bienestar . ademas no todos los tratamiento a enfermedades son incompatibles con el embarazo .
En el caso del supuesto «Aborto terapéutico».tal instancia de tratar de salvar ambos no se produce y termina siempre en la muerte del feto.

La interrupción terapéutica del embarazo o Interrupción del embarazo por causa materna , son conceptos que difieren del concepto falaz de «aborto terapéutico» y son legales y se aplica actualmente en Chile.

20 de diciembre

Apreciada Rosario:

a. En cuanto a lo que planteas en el primer párrafo del punto 1, citando un link, te recomiendo termines de leer el mismo pues el autor continúa señalando que la utilización del término «aborto terapéutico» debe seguir siendo utilizada.

Cito tu mismo link: «Por eso continúo llamando a esta acción «aborto terapéutico» porque físicamente lo es» (hace referencia a «Hemos visto que si no hay intención de matar al ser humano en gestación no debería llamarse «aborto». Pero es innegable que si no se tienen los recursos para continuar el desarrollo del feto o embrión «ex útero», una interrupción del embarazo cuando este ser no es viable es conducente a su muerte. Luego aunque no se quiera matarlo se detiene su desarrollo y queda en condiciones de muerte»).

2. En cuanto al link que citas para definir el origen de la vida ninguno de los argumentos se refiere al mío relativo al SNC en contraste con la muerte del ser humano (momento en que un ser humano deja de ser tal). En ese sentido la determinación de cuando hay un ser humano no escapa a la reglas de la lógica.

3. Considerando que no acepto tu argumento del origen de la vida no es necesario refutar el ejemplo de la balsa. Sin embargo, en caso alguno el Estado puede sancionarte por preferir tu vida por sobre la del otro en una situación límite, más aún cuando la amenaza de vida se desarrolla gracias al interior de tu cuerpo, respecto del cual eres soberana. En situación de vida versus vida ha de primar la libertad. Por lo mismo tu ejemplo es falaz por falsa analogía: en la balsa ninguno sobrevive a costa del interior del cuerpo del otro,.

4. En lo que denominas «interrupción terapéutica» del embarazo, quisiera hacerte una pregunta antes de comentarlo: Supongamos que Ana quiere matar a Pedro. Para ello deposita veneno insípido e inoloro en un jarro de jugo que se encuentra al interior de la casa de Pedro. Pedro invita a Juan a su casa y le sirve jugo (sin saber que tiene veneno). Juan muere. ¿Es Ana responsable de su muerte? Espero la respuesta antes de persistir comentando el último punto.

Saludos cordiales.

20 de diciembre

Apreciado Cesar :
1. El link. es un artículo donde también cabe la opinión personal. Por supuesto que lo termine de leer . La acotación a la que haces referencia es mera opinión personal.Lo relevante es que queda explicito que el termino «aborto terapéutico» NO EXISTE en ética científica .

2.En mi comentario solo hablo sobre el termino «aborto terapéutico» .No he usado ningún link para tocar la discusión sobre el origen de la vida.

Sanjado esto continuamos.

22 de diciembre

Estimada:

1. El mismo artículo critica la postura de la ética científica (tan relativa por naturaleza propia) por ende tu punto carece de sentido, citando tu propia fuente.

2. Si el artículo fue citado sólo para citar el ejemplo de la balsa, tienes toda la razón, lo del origen de la vida (por ahora) estuvo de más. SIn embargo mi refutación a vuestro ejemplo queda claro en la reserva de mi comentario.

Habiendo comentado tu emplazamiento ahora te emplazo yo a responder mi pregunta con los fundamentos correspondientes y allí recién continuaré la discusión en otros puntos.

Cordialmente,

César.

23 de diciembre

No . no es una critica , es una observación .pero en fin …
Prosigo .
El Estado no obliga a las mujeres embarazadas en situación de riego vital a morir , eso no ocurre ,si no me equivoco ,en ninguna parte del mundo.(o al menos en este lado del mundo)

Como ya he dicho anteriormente y lo sostiene el artículo de Carlos Valenzuela esto está solucionado bajo «interrupción terapéutica del embarazo» es decir,de ser necesario para salvar a la madre , se induce el parto o se realiza un vaciado de útero .Cuando se mata al feto , pudiendo no provocar su muerte tal acción se llama «Aborto» y no «Aborto terapéutico» pues como es bien sabido y si no, lo debes supones , el aborto =matar fetos , no constituye terapia alguna .

Por lo tanto , como ahora estas enterado de que en Chile ,no se deja morir a una mujer en riego vital , tu conclusión sobre la tasa de mortalidad materna ,que dicho sea de paso es la más baja de Latino América y la 3era mas baja de toda América después de Canadá y Usa. la cual supuestamente se vería reducida de aprobarse el proyecto , carece de sentido.

Saludos Cordiales .

02 de enero

Estimada Rosario:

Lamento la tardanza en mi respuesta.

1. La observación la entiendo como una crítica en este caso, pero ahondar en esto ya es discutir apreciaciones subjetivas sobre qué es y que no es una crítica, cuestión que creo se escapa del tema.

2. Cuando el Estado impone una sanción a determinado supuesto te obliga a no realizar dicho supuesto y todo lo que dicha omisión implica, lo que en este caso es la muerte. Por ejemplo: si el Estado te sancionase por consumir marihuana, cualquiera sea el caso, te obliga a no consumirla y ello implica todos los resultados del no consumo, lo que en algunos enfermos de glaucoma sería un intenso dolor.

3. Carlos Valenzuela insiste en denominar a dichas acciones aborto terapéutico por la voluntad matadora que hay en lo que describes. Además, agotar el aborto terapéutico a supuestos específicos es inútil pues es imposible abarcar todas las situaciones posibles y decir que en todos aquellos casos en que haya riesgo de vida para la madre se procederá con interrupciones sin voluntad matadora (interrupción terapéutica) es sencillamente un total sinsentido. El mejor ejemplo de esto último es el bullado caso que ha salido a la luz acerca de aquella madre que no puede tratarse el cáncer de útero pues no la dejan abortar a un feto que viene sin cerebro y la única forma de tratar su cáncer es retirando al feto, lo que es un aborto pues hay voluntad matadora al ejecutar dicha acción.

Por todo lo anterior tu conclusión no es aplicable.

PD: Aún espero respuesta a las preguntas que te hice.

Cordialmente,

César.

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