#Género

Femicidio inconstitucional: ¿Para quiénes?

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Ante tanta y tanto crítico y neo penalista abolicionista o minimalista que está rasgando vestiduras, cual Caifás,  por la tipificación -bastante imperfecta y a la chilena "en la medida de lo posible"- del femicidio.

He leído cartas y artículos de abogados/as que, haciendo gala de un lenguaje excluyente, no exclusivo (para que se vayan bajando de la nube), hacen hincapié en que esta reforma es inconstitucional, que no resuelve problemas de fondo, que no disminuye las tasas del delito… en fin, que no sirve para nada más que para poner a la mujer como una vida más valuable que la del resto de la sociedad (cosa que, en el fondo, debiese ser así, pues las mujeres somos más caras, por ejemplo para las isapres…)

Seguir insistiendo -cual talibana, a estas alturas- sobre las inequidades que nos han afectado como mujeres desde los orígenes del sistema sociopolítico, histórico y cultural llamado patriarcado, me parece necesario, pero no puedo hacerlo en dos minutos. Sí puedo decir a todos y todas las abogadas y abogados de este país que hoy enarbolan la bandera de la constitucionalidad, que la igualdad es un principio que tiene su reflejo en la no discriminación, y eso incluye equiparar a quien siempre ha estado en una situación tan desmejorada, que su vida es con frecuencia quitada por el hecho de ser una mujer. Eso no significa que sea un crimen pasional: es una cacería a la que el cazador va siempre muy preparado, con municiones suficientes y sabiendo y oliendo el temor de su presa, asi como su comportamiento y sus debilidades. Aún más si esa presa es alguien cercano. Esa es la realidad, y necesita tener un nombre, sea que esté en una ley o afuera de tribunales gritando "femicidio y castigo";

Si quieren ser abolicionistas de verdad, despenalicen el aborto, que ni siquiera es legalmente una vida independiente,

Si quieren ser abolicionistas de verdad, saquen el 365 del código penal, que sanciona la relación sexual con persona del mismo sexo menor de edad (porque para eso está el estupro).

Si quieren ser abolicionistas de verdad, saquen los delitos contra la honra, que son, de verdad, dignos del manual de Carreño.

Si quieren ser abolicionistas de verdad, saquen el 373 y 374, que sancionan las ofensas a la moral y al orden público.

Si quieren ser abolicionistas de verdad, despenalicen muchas cosas más antes que el femicidio, pues así estaremos mostrando ser más humanos y humanas como para no necesitar esa última ratio.

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Foto: Manifestación contra la violencia a la mujer – Cosmopolita / Licencia CC

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Comentarios

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04 de noviembre

OK, pero el tema de fondo es otro: la igualdad ante la ley.

08 de noviembre

Efectivamente el tema es de igualdad ante la ley y aunque se irrite la colboradora,lo cierto es que Figura de «femicidio» es sólo semántica ,pues ya el tipo penal de #HOMICIDIO contemplan variables que subsumen esta figura,independiente del genero,es homicidio eso es igualdad ante la LEY, crear artificiopsamente una figura para congraciarse con nosostros las féminas rabiosas y feministas no le hace bien al país sino crime de niños Infanticidio,de >Hombres =homicidios etc etc Tipo penal actual es suficiente,Doctrinariamente ya se hace la diferencias y eso es suficiente

08 de noviembre

Marcelo y Sonia, los invito a leer innumerables columnas de opinión, como la posteada mas abajo por alejandro krauss en torno al tema, asimismo, y mas reciente la de la nación: http://www.lnd.cl/chile-castiga-el-femicidio/noticias/2010-11-06/205715.html;
O si quieres algo mas legal, y exegético en torno a la igualdad ante la ley, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, conocida como Convención Belem do Para, del año 1994, que está ratificada por nuestro país, por cuanto es parte integrante de la legislación a cumplir y señala entre sus normas, obligaciones del Estado para con la mujer, como als señaladas en el art. 7 letras c y d:
«c)incluir en su legislación interna normas penales, civiles y administrativas, así como las de otra naturaleza que sean necesarias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y adoptar las medidas administrativas apropiadas que sean del caso;
d)adoptar medidas jurídicas para conminar al agresor a abstenerse de hostigar, intimidar, amenazar, dañar o poner en peligro la vida de la mujer de cualquier forma que atente contra su integridad o perjudique su propiedad».
Como lo señala el proyecto de femicidio, éste «atiende a llenar un vacío conceptual en nuestra legislación, para entender de mejor forma el fenómeno y sus implicancias, además de enviar una señal mediática y cultural».
También la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su informe sobre el acceso a la justicia para las mujeres víctimas de violencia en América Latina, señala la» preocupación por la ineficacia de sistemas de justicia para juzgar y sancionar a los perpetradores de actos de violencia contra las mujeres, ineficacia que provoca que la mayor parte de los actos de violencia queden en la impunidad, perpetuando la aceptación social del fenómeno». (enero 2007 Informe CIDH).
Con toda estas respuestas al menos colaboramos -espero- a dar una mayor comprensión de las causas de estos asesinatos de mujeres y el contexto en que se producen.

05 de noviembre

Estimada Jennifer, concuerdo contigo de que la ley penal, es decir el código y sus leyes accesorias deben ser modificadas urgentemente y concuerdo contigo que existen delitos que tienen penas que son verdaderamente dignas de una trágicomedia, pero desde la entrada en vigencia de la reforma procesal penal es que se propuso la creación de una comisión sobre la reforma al código penal que aún no emite ni siquiera su primer informe y que porsupuesto no es posible tener una justicia moderna en cuanto a su sistema de enjuiciamiento pero arcaica en cuanto a su forma, este es uno de los casos en que se refleja eso que tanto suelo decir (y que no me gusta se dicho) de que en Chile nos complicamos con el forma pero nos da lo mismo con el fondo.
Ahora bien me gustaria dejarte la siguiente inquietud, ¿es más valiosa la vida humana de la mujer que la de un hombre, por el solo hecho de ser mujer? En mi opinión no y el problema no radica en que los leguleyos no se den a entender por parecer más sabios usando los términos legales de manera que solo ellos los entiendan, el tema radica en que la ley, cualquiera que esta sea, debe respetar las normas que la constitución establece y garantiza a todas las personas y una de las más importantes de todas ellas es la que establece la igualdad ante la ley no importando su edad, sexo, estirpe o condición y claramente esta norma la contrabiene esa garantía constitucional porque ya no somos tan iguales sino que unos más que otros. Seguramente estarás diciendo «si pero hay muchas otras que hacen lo mismo» y te respondo «es cierto» pero demuestra una vez más que nuestros legisladores no tienen ni la calidad ni la competencia muchos de ellos para ostentar la dignidad que tienen porque legislan con el duodeno más que con el cerebro (es decir son vicerales). El problema del femicidio (que dicho de paso está mal calificado porque el término es uxoricidio, ya que ni eso saben) es un tema netamente cultural y no jurídico y ahí radica otro problema de nuestro honorables legisladores que creen que los problemas se solucionan mágicamente con la dictación de leyes ya está y te apuesto lo que quieras que no va a disminuir las muertes de mujeres por el solo hecho de existir esta figura legal.

05 de noviembre

Yo soy una «ferviente creyente» de la igualdad ante la ley , de la igualdad de la ley, y del respeto mas irrestricto de la Constitución, pero con un anexo a ella; Los tratados internacionales sobre derechos humanos/as ratificados por Chile y que se encuentren vigentes. Muchos de los cuales, incluidas la Convención para la eliminación de todasd las formas de discriminación contra la mujer conocida como CEDAW, y la Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer. Señalan , promueven e invitan a los Estados firmantes a establecer medidas o acciones de carácter afirmativo en el camino hacia esa igualdad que enarbolamos. poruqe hoy creo, así como esas convenciones, esa igualdad no existe.
La vida de las mujeres -a mi entender- no vale mas que la de otro grupo humano o humana, ni es lo que se busca con el femicidio, ni con esta columna.
Pero por miles de años, esa vida, ha sido menos valorada, por las instituciones y herramientas sociales, incluidas las leyes que, a modo de ejemplo, en 1989 recien le reconocen plena capacidad a la mujer, que bien sabemos hoy no es la realidad de aquellas mujeres que están casadas bajo el regimen residual de la sociedad conyugal (que es mas del 50% de mujeres casadas)
Entonces cuando hablamos de igualdad hay reglas que intentan promoverla, pero de verdad, esa igualdad a grupos invisibilizados, como la infancia, la ancianidad, las mujeres, los y las migrantes, los pueblos originarios.
(o la misma igualdad que intenta que los padres sean de manera paritaria quienes se puedan tomar el post natal, o tener derecho a sala cuna)
Y en ese marco me parece que la socialización y establecimiento de la palabra femicidio es un tremendo avance, así como lo fue en su momento -1999- la reforma constitucional de hombres por personas en el artículo primero de la constitución.
El lenguaje construye realidades, la igualdad no es un término etéreo, sino una manifestación concreta, que anoche tuvo como resultado la muerte de un hombre que presuntamente ejercía violencia intrafamiliar, a manos de su hijo. Si la re-educación, mediante campañas, mediante educación pre y escolar, mediante el fin y repudio a la publicidad sexista, tienen un acelerador con una modificación legal, bienvenida sea.
Porque ya son muchas las víctimas de un problema que es la violencia contra la mujer y que anoche tuvo como víctima a un agresor muerto, a un hijo que pasará a ser imputado, a una mujer que se sentirá culpable de que su hijo haya dado muerte a su marido. Pero sigue siendo éste el caso del porcentaje marginal, porque al menos el 90% de las víctimas de la violencia por género son mujeres, y eso no es una desigualdad?.
espero puedas recibir de la mejor manera este comentario, que no es mas que una postura de vida frente a una desigualdad mas grande y profunda que cualquiera social económica que se haya vivido, en mi opinión.

patoliner

05 de noviembre

Concuerdo plenamente con el artículo. Creo que hay poco más que agregar que no sean simples palabras. La vida de muchas mejeres está en peligro por el sólo hecho de ser mujer. Así como el término pedofilia hace referencia al abuso sexual de niñ@s, el femicidio hace referencia al asesinato de mujeres.

05 de noviembre

Estimada Jennifer:

Efectivamente sería inconstitucional darle mayor valor a la vida de un hombre por sobre una mujer o vice-versa. Pero ésta ley de ninguna manera hace esto. Es más, desde el punto de vista meramente penal solo amplía el tipo penal a más personas, pero no sanciona con una pena mayor el asesinato de una mujer; sólo lo separa del del hombre en un tipo penal distinto para darle mayor visibilidad, lo que en técnica legislativa me parece correcto. Si quieres una visión menos apocalíptica del tema y escrita por un abogado (yo) te sugiero el siguiente link: http://blog.latercera.com/blog/akrausz/entry/femicidio_m%C3%A1s_all%C3%A1_del_slogan

Saludos cordiales,

Alejandro Krausz Bitrán

Abogado

08 de noviembre

Gracias alejandro, la nota ya la habia leído, y me parece una de las buenas que tienen ustedes…
Rescato de la misma manera la visibilidad del término.
Y tal vez lo «apocalíptico» esté dado por la vivencia política desde un feminismo, en la que cada avance hacia la igualdad material…se topa con obstáculos recurrentes y repetidos, que obedecen al desconocimiento, pero de igual manera a las resistencias de un sistema que sigue tratando de perpetuar la valoración de algunas personas por sobre otras.

Si quisieramos seguir dialogando, sería un buen avance regular la publicidad sexista…y la discriminación a destajo…
Creo nos pesa para poder avanzar en el trato de respeto como sociedad una ley antidiscriminatoria, y la figura del ombudsman o defensor del pueblo.

cindy-iriarte

12 de noviembre

Estoy absolutamente de acuerdo con Jennifer, como leerán a expuesto todos los argumentos con evidencias poderosas. El tema esta sembrado de prejuicios por parte de un patriarcado que se ve en constante amenaza, por eso siguen muriendo cientos de mujeres a diario en el mundo en manos de sus parejas.

Un saludo
Pamela Caruncho Franco

01 de enero

Raya para la suma esto no es ni más ni menos que un problema educacional y cultural y no se soluciona por la vía de la dictación de una ley.

claudio

09 de mayo

creen que hay motivos para valorar mas la vida de una mujer que la de un hombre, pero a la vez creen que hay que despenalizar el aborto por «no ser una vida legal independiente», una mierda en todas sus partes este extracto, carente de todo fundamento logico y racional y que denota solo un trasfondo del pensamiento político de izquierda…. una mierda en todas sus partes.

Mario

09 de octubre

yo creo que esto de feminicidio me parece inconstitucional porque si un hombre priva de l vida aúna mujer la pena son de 40 a60 años y si al inverso
la mujer acuchilla a su conyugue la pena es de 13 a20 años entonces existe discriminación d genero
porque le están dando mas prioridad a la mujer pero en donde están los derechos humanos de los varones
entonces feminicidio debe
derogarse y solo poner homicidio el juez debe revisar la tipicidad si fue con gneero de violencioa debe pagar quien cometio ese homicidio sea hombreo sea mujer

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