#Educación

La educacion universitaria gratuita es posible y está financiada

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Cuando se discute sobre el financiamiento de la educación superior, a menudo se hace una referencia global al impuesto a la renta como fuente de financiamiento a la gratuidad, pero sin una definición clara de la modalidad de financiamiento. El presente artículo muestra, si se acepta que la educación universitaria permite el mejoramiento de los ingresos de las personas, el impuesto de segunda categoría (componente del impuesto a la Renta que afecta a los ingresos del trabajo) asociado a ese mayor ingreso financia con creces la inversión del estado en una educación gratuita.

El impuesto a los ingresos provenientes del trabajo tienen dos características que lo hacen relativamente más eficiente que otros: en primer lugar, es progresivo en tramos marginales; sin embargo, la segunda característica es que este impuesto es de retención por el empleador y es casi ineludible, lo que refuerza su eficiencia en volumen de recaudación y en justicia redistributiva

El impuesto de segunda categoría en Chile

Los tramos de ingreso imponibles para el impuesto de segunda categoría son los siguientes:

 

Tabla de Impuesto de Segunda Categoría

Tramo

        Ingreso mensual

Tasa

Rebaja

1

0

521,559

0.0%

0

2

521,559

1,159,020

5.0%

26,078

3

1,159,020

1,931,700

10.0%

84,029

4

1,931,700

2,704,380

15.0%

180,614

5

2,704,380

3,477,060

25.0%

451,052

6

3,477,060

4,636,080

32.0%

694,446

7

4,636,080

5,795,100

37.0%

926,250

8

5,795,100

7,000,000

40.0%

1,100,103

 

De esta forma, el cuadro siguiente muestra la contribución total y actualizada de un chileno durante su vida laboral por vía del impuesto de segunda categoría.

 

Tributación acumulada y actualizada 2ª categoría

Imponible

Impuesto

Total

Total Actualizado

521,559

0

0

0

1,159,020

31,873

15,299,064

10,672,993

1,931,700

109,141

52,387,704

36,546,914

2,704,380

225,043

108,020,664

75,357,796

3,477,060

418,213

200,742,264

140,042,600

4,636,080

789,099

378,767,736

264,237,423

5,795,100

1,217,937

584,609,688

407,837,687

7,000,000

1,699,897

815,950,488

569,226,557

 

 

 

El cálculo que sigue busca evaluar el efecto tributario del aumento de los ingresos de las personas. Es obvio que el salto de ingresos debe ser grande y, más aun, mientras mejor sea la calidad de la educación recibida, más grande será el salto de ingresos. Para fines de simplificación utilizaremos los mismos tramos de impuestos en su cota superior.

Analizaremos lo que sucede solamente en términos del impuesto de segunda categoría que afecta a los individuos que aumentan sus ingresos y analizaremos el valor esperado de mayor recaudación o de mayores ingresos fiscales producto de haber invertido en educación durante algún período de su vida.

La siguiente tabla muestra el impuesto mensual adicional pagado por aumentar el ingreso tributable saltando desde el tope de un tramo al tope de otro:

 

 

1

2

3

4

5

6

7

8

 

 

521,559

1,159,020

1,931,700

2,704,380

3,477,060

4,636,080

5,795,100

7,000,000

1

521,559

0

31,873

109,141

225,043

418,213

789,099

1,217,937

1,699,897

2

1,159,020

 

0

77,268

193,170

386,340

757,226

1,186,064

1,668,024

3

1,931,700

 

 

0

115,902

309,072

679,958

1,108,796

1,590,756

4

2,704,380

 

 

 

0

193,170

564,056

992,894

1,474,854

5

3,477,060

 

 

 

 

0

370,886

799,724

1,281,684

6

4,636,080

 

 

 

 

 

0

428,837

910,797

7

5,795,100

 

 

 

 

 

 

0

481,960

8

7,000,000

 

 

 

 

 

 

 

0

 

Como muestra la tabla, si una persona que sin educación superior gana $521.000 pesos –o menos- al mes, no paga impuesto de segunda categoría, está exento. Si producto de su educación universitaria llega a ganar $1.159.020 deberá pagar $31.870 pesos mensuales como impuesto a la renta del trabajo. Si su carrera le permitiera llegar a ganar $1.931.700, el impuesto que pagaría sería $109.141 pesos mensuales.

Si una persona, antes de capacitarse tiene acceso a un sueldo tributable de $1.159.020, y al egresar puede aspirar a una renta de $2.700.000, deberá pagar adicionalmente a lo que pagaba por su sueldo anterior ($31.873),  un impuesto de $193.170.

De esta forma, podemos demostrar el valor tributario de los saltos de ingreso de las personas como resultado de la capacitación y el aumento de la productividad.

Hemos considerado para efectos de cálculo una vida laboral estándar de 40 años (480 meses). Actualizando los valores de tributación adicional podemos determinar el valor presente de los ingresos tributarios generados por el proceso educacional (al menos en lo que respecta a la segunda categoría).

En el caso del valor más bajo de la tabla, esto es, el de una persona que salta del tramo 1 al 2, con una renta inicial de menos de 521.000 a una renta después del proceso educativo de 1.159.000, el contribuyente habrá  pagado mayores impuestos por este concepto que alcanzan a los $ 15.299.040 en el período de 480 meses. En términos de valor actual, utilizando la tasa del 2% anual (a la que el estado está proponiendo colocar los créditos para educación), el valor presente en el mismo período es de $ 10.672.993.

Si, por el contrario, tomamos un valor más alto de la tabla y suponemos que esta misma persona, con educación universitaria, llega a un sueldo equivalente al tope del tramo 5 ($ 3.477.060), su contribución total habrá sido de $ 200.742.264, lo que, en términos actualizados, llega a  los $140.042.599.

En contrapartida, el costo de una carrera universitaria, de acuerdo a los cánones y tarifas extremadamente elevados de nuestras universidades chilenas, va entre los 7 y los 15 millones de pesos.

Por lo tanto, desde el punto de vista tributario, para el Estado la educación universitaria es una inversión. La educación universitaria le rinde al Estado, por la vía de mayores impuestos a los ingresos del trabajo, recursos suficientes para que una porción ínfima de ellos alcance para garantizar la gratuidad de la misma para todos los chilenos.

La educación, siendo una excelente inversión para el Estado, tiene tasas de retorno más elevadas cuanto mayor sea la calidad de la educación impartida. Es decir, cuanto mayor sea el salto de ingresos que provoque a los contribuyentes que puedan aspirar a mejores salarios. De esta forma, es deber del Estado, para cumplir con su obligación de cautelar el mejor uso de los recursos públicos, tomar las medidas e implementar las políticas que garanticen la mejor calidad posible de la educación.

¿Por qué el Estado?

Después del propio estudiante, el Estado es el más importante beneficiario de la educación. El retorno económico del Estado no lo tienen las empresas de educación privadas, salvo que le arrebaten al Estado este excedente por la vía de privilegios, subvenciones y tratos tributarios de exención, garantías de crédito, etcétera, en cuyo caso el costo para el Estado es absolutamente redundante.

Porque la calidad es la variable más importante en la determinación del retorno, no es indiferente la aplicación de políticas centrales que la fiscalización de privados con intereses y objetivos que no trascienden el beneficio privado.

Porque la educación es la principal herramienta de política pública para corregir la distribución del ingreso, garantizando valores superiores como la paz y la integración social.

 

Productividad y Remuneraciones

Sabemos que el objetivo de la educación es promover la productividad del trabajo. Con mayor razón, la universitaria, cuyo enfoque a la productividad es especialmente valorado en el esquema educacional chileno de orientación eminentemente “profesionista”. La productividad, por su lado,  es el elemento esencial de diferenciación que explica las diferencias de salarios entre los individuos. La diferenciación de ingresos produce diferenciación social y su variación es la base de la movilidad social desde el punto de vista económico. La gente va a la universidad por una esperanza de mayor remuneración al concluir sus estudios. Es, por lo tanto, plausible esperar que un individuo con educación pueda aspirar a un nivel de renta que compense el sacrificio y el costo de “estudiar”, para lo que debiera tener como retorno su acceso a un nivel de renta superior.

——

Foto: Rafa2010Licencia CC

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Comentarios

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16 de noviembre

Muy interesante el ejercicio. Sólo le veo dos problemas: el primero, de orden práctico, es que este impuesto ya está siendo gastado en otras cosas, y lo segundo (y más de fondo) es que este impuesto es independiente de si una persona logra los ingresos por haber recibido una educación terciaria (no hay que olvidar los CFT y los IP, que debieran ser el foco de gratuidad) y los que lo logran, por ejemplo, por realizar una actividad comercial. Pero lo interesante es que puede financiarse la educación terciaria con un impuesto similar al impuesto a la renta, que podría tener un porcentaje fijo y un tiempo máximo de pago. Para estimular aún más la formación de técnicos y de profesionales universitarios en áreas específicas, podría haber incentivos tributarios para aquellas áreas que se desee. Aún así, habría que controlar el costo de los aranceles, que actualmente son fijados de una forma completamente opaca para todos, incluyendo al Estado.

Pero hay una pregunta que aún me queda dando vueltas: Las personas que abandonan o simplemente no postulan a la educación terciaria (fundamentalmente la universitaria) por razones económicas ¿Lo hacen por que no pueden financiar el arancel, o porque no pueden mantenerse sin trabajar, aunque tengan acceso a crédito o beca para estudiar? Es necesario evaluar, si la restricción al acceso es por la segunda causa, apoyar focalizadamente a los estudiantes actualmente más pobres para que estudien, y financiar los aranceles con un impuesto de este tipo.

16 de noviembre

Al primer tema: Los impuestos de los hoy estudiantes todavía no se han generado, y por lo tanto no pueden estar gastándose. Visto desde la perspectiva nula, los estudiantes que no acceden a la educación por problemas economicos no contribuyen.

Al segundo, este ejercicio demuestra que los recursos se generan como rentabilidad de la educación a través de la recaudación tributaria. Otro factor importante es por qué el estado.

Obviamente, desde el estado debe abordarse el problema de la accessibilidad, el de la deserción, el de la eligibilidad y condicionalidad de la beca, etc., porque el sistema hay que administrarlo eficinetemente en cualquier caso.

11 de enero

Este no es un simple ejercicio, pero no hay un ejemplo, que podría proponer cuando es una ayuda, una beca o un crédito.

16 de noviembre

El arancel debe ser financiado hoy, por lo que el impuesto a la renta recaudado hoy ya está asignado a algún item presupuestario. La posibilidad, por supuesto, es traer ingresos futuros al presente, es decir, endeudarse. Ahora ¿Esa deuda debe ser asumida por todos, incluyendo a aquellos que no accedan a la educación superior?. Eso no es una pregunta tecnocrática, es una pregunta de justicia.

Es falso que los que no acceden a la educación superior no contribuyan, porque lo hacen desde dos puntos de vista: si por alguna razón aumentan sus ingresos por sobre el tramo excento (por ejemplo, si realizan una actividad comercial o industrial que les permita ingresos mayores, y acá entran camioneros, pequeños agricultores, comerciantes, etc.) contribuyen directamente, y si no lo hacen, dejan de recibir recursos. La justicia dice que los que reciben el beneficio privado deben contribuir en alguna medida a la inversión que se requiere. Cómola educación superior también tiene beneficios públicos, todos (representados por el Estado) debemos contribuir, pero gratuidad total representa un extremo tan injusto como gasto 100% privado, ya que sólo PARTE de estos beneficios se retribuyen, y en forma indistinta si recibió o no el beneficio de eduación superior.

No me opongo a que se discutan los porcentajes de cada aporte ni a utilizar con fines específicos una gratuidad en algunas áreas, pero claramente no pueden aportar lo mismo un comerciante que gana $1.000.000 y no recibió educación superior que un profesional que gana lo mismo producto de dicha educación.

Saludos

11 de enero

El Estado necesita unos 5 puntos del PIB para hacer una Educación gratuita.

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