Hoy junto a las movilizaciones estudiantiles que ya llevan cerca de dos meses en la palestra de la opinión pública se ha sumado el tema de las uniones civiles o matrimonio homosexual. Todo debido al último anuncio del Gobierno de que en los próximos días se enviará al Congreso el proyecto de ley que regula el Acuerdo de Vida en Pareja (AVP).
Este proyecto de ley generará un amplio debate entre los diversos sectores de la sociedad. Ya vimos como un sector de la derecha política ha manifestado abiertamente su rechazo a esta iniciativa legal. Recordemos la ausencia de los presidentes de los partidos de la Coalición por el Cambio: Carlos Larraín (RN) y Juan Antonio Coloma (UDI). Hubo, eso sí, apoyo de muchos partidos opositores y de los principales actores, como MOVILH y Fundación Iguales, que se verán beneficiados con el proyecto si este sale a la luz después de ingresar al Congreso, donde deberá ser debatido como la institucionalidad lo exige.
El proyecto no viene sino a hacer justicia respecto de un grupo de la población nacional que se ha visto sistemáticamente postergado y vulnerado en los derechos que Carta Fundamental les consagra.
La Constitución consagra en su artículo 1: "Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos". Este artículo no viene sino a consagrar que la calidad de persona que deriva de la dignidad humana que todo individuo posee le otorga igualdad en derechos.
El actual régimen jurídico del matrimonio, filiación, derechos sucesorios no viene sino a contrariar estas disposiciones de rango constitucional, al impedir que personas del mismo sexo ejerzan estos derechos consagrados.
Muchos de los argumentos que rechazan las uniones entre personas del mismo sexo giran en torno a cuestiones valóricas, religiosas incluso dogmáticas e ideológicas. Pero la discusión en torno al proyecto de ley debe ceñirse a lo político-jurídico y teniendo siempre a la vista la opinión de los representados.
Hay quienes sostienen que el matrimonio igualitario no tiene cabida en nuestro sistema legalista. El Código Civil, Artículo 102 dice lo siguiente: El matrimonio es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen actual e indisolublemente, y por toda la vida, con el fin de vivir juntos, procrear, y de auxiliarse mutuamente.
Este argumento no tiene asidero si consideramos que nuestro ordenamiento jurídico ha permitido la vulneración de la "indisolubilidad" del matrimonio. La Ley de Divorcio que tiene plena vigencia en nuestro pais ha puesto fin al paradigma del que este vínculo "dura para toda la vida". Y respecto de esto no podemos decir que los divorcios ratificados por los Tribunales de Familia sean ilegales sino que la literalidad de la norma se ha conservado en virtud del acerbo histórico del concepto de matrimonio y lo que significa para la idiosincracia chilensis.
Con lo anterior quiero decir que solo falta voluntad política para otorgar de una vez por todas los legítimos derechos que TODAS las personas deben gozar en un Estado de Derecho Democrático y en donde las instituciones funcionan de manera correcta.
Ninguna ley puede estar por sobre la Constitución Política de la Reública y por tanto, ninguna ley puede prohibir el ejercicio de los derechos fundamentales de todos los chlenos.
Sin duda alguna, el AVP es un avance de una tarea que el Estado de Chile tenía atrasada, esperemos que como alumno aplicado que es retome el rumbo y saque adelante la ley.
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