El 21 de mayo es una fecha en la que lo solemne, la pomposidad y el “espíritu republicano” hacen gala al interior de los pasillos en los que se entreteje el poder político de nuestro país. El mensaje presidencial del 21 de mayo tiene como objetivo principal el informe del estado de la Nación por parte de la presidencia de la República. La población tiene el derecho de ser informada acerca del estado de la administración completa del Estado por parte de quien ejerza la presidencia de la República, como ejercicio necesario del control por parte de la “voluntad soberana”, la cual se encuentra representada en el pleno del Congreso Nacional (cuando diputados y senadores sesionan juntos en virtud de la solemnidad del caso), de los actos del poder ejecutivo.
Sin embargo, existen otras instituciones, menos solemnes y de mayor periodicidad, que pretenden velar por la transparencia de los actos de la administración del Estado, entre ellas el Consejo para la Transparencia (CPLT). Este consejo fue creado por la ley 20.285 del 20 de agosto de 2008 y su razón de existir es velar por el acceso efectivo a la información pública como ejercicio ciudadano coadyuvante en la profundización y legitimación de la democracia como forma de organización política. Según la ley y la interpretación propia del CPTL, la transparencia es un principio que gobierna todo acto de la administración del Estado, lo que incluye tanto a empresas del Estado, organismos y agencias públicas, y todo aquello que sea financiado con recursos fiscales.
En enero de 2011, como integrante de Salud Un Derecho, solicité por medio de la Oficina de Información, Reclamos y Sugerencias (OIRS) del Ministerio de Salud, la información consolidada y validada por el Ministerio respecto de las listas de espera AUGE, espera No-AUGE y espera quirúrgicas, de los 29 servicios de salud del país. Lo anterior con el objeto de ir verificando el cumplimiento de la promesa realizada el Presidente el 21 de mayo de 2010 sobre la disminución y término en el plazo de dos años de las listas de esperas de oportunidad en cirugías y patologías reconocida por el AUGE (actual GES).
El Ministerio respondió a la solicitud indicando que la derivaría porque “la información solicitada no es competencia de esta Institución por lo que hacemos derivación de la solicitud aludida para evaluar el requerimiento de acuerdo a sus competencias y atribuciones y dar respuesta al requirente en virtud a las normativas vigentes. En base a estos argumentos, se deriva su solicitud a: FONASA”. Sin embargo, de FONASA no hubo respuesta satisfactoria ni en la forma ni el plazo estipulado por la norma, por lo que hubo de recurrir de amparo al derecho al acceso de información pública ante el CPTL, para que este organismo se pronunciase al respecto (causas rol C-334-11, C-335-11, C-336-11 y C-337-11).
Según la ley, este Consejo actúa como tribunal, y como tal conoce de este proceso y con ello se imponen plazos. La ley, en su artículo 26 indica que el plazo de pronunciamiento y resolución del amparo deducido es de 5 días hábiles contados desde que el órgano recurrido ha contestado el requerimiento que el Consejo realiza en virtud del amparo, o luego de agotada la instancia de audiencia que, en relación al mérito de la causa el Consejo puede solicitar para la rendición de pruebas. En la práctica, en el caso de Salud Un Derecho contra FONASA, los plazos no se han respetado, pues el 5 de abril se venció el plazo para que el Director Nacional de FONASA se pronunciara al respecto, ya que la respuesta de Mikel Uriarte fue entregada el 8 de abril de 2011, tres días más tarde al cumplimiento exigido por ley. Al mismo tiempo, el Consejo aún no se pronuncia sobre el amparo deducido, sobrepasando con creces el límite legal de 5 días hábiles para la resolución del caso. Es decir, el CPLT debería haber resuelto el asunto el 18 de abril, notificando al recurrente y recomendando los sumarios y sanciones por el incumplimiento con la ley.
Es lamentable el retraso que presenta la resolución de una solicitud que era simple de resolver. Asaltan las dudas, el prejuicio y el resquemor a propósito de la denegación sistemática del acceso a la información solicitada por varios temas. Sospechamos que se nos obstaculiza el acceso a la información acerca de las listas de espera GES porque no se quiere arruinar el anuncio del Presidente acerca de la disminución en el número de personas que esperan atención por patologías reconocidas por el GES. Nos provoca suspicacia el hecho de que este Consejo, dependiente del secretario general de la Presidencia, Cristián Larroulet, se demore en entregarnos su fallo.
El discurso del 21 de mayo es una instancia que busca transparentar las acciones y actividades del Gobierno. Para que la ciudadanía pueda ejercer una adecuada fiscalización de lo que en él se comprometa, es fundamental que tenga acceso a la información. ¿Por qué en este caso no está ocurriendo?
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