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¿Se demolerá el inmueble histórico que protege Carolina Tohá?

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En este caso se otorgó un permiso de edificación en un predio que tenía un inmueble de valor arquitectónico, pero en una fecha que se estaba terminando de tramitar la protección patrimonial para el mismo.

En los últimos días la prensa se ha referido profusamente al centenario edificio localizado en la esquina de Morandé con Rosas, comuna de Santiago, porque su actual propietario -Inmobiliaria Morandé 2010 S.A.- desea demolerlo para construir allí una torre habitacional de 34 pisos, conforme a un permiso de edificación cursado en enero del 2008 por el Director de Obras Municipales (DOM) a las empresas Nazareno S.A.,representada por Enrique Bruce Martínez, y Comercial Cañaveral S.A. -representada por Eduardo Contreras Mella, conocido abogado de DDHH y recién nombrado embajador de nuestro país en la República Oriental del Uruguay. Los dueños de estas 3 sociedades son los hermanos Max y Marcel Marambio Rodríguez, versátiles empresarios que se desempeñaron con singular éxito en los negocios en la isla de Cuba.

La alcaldesa de Santiago, CarolinaTohá,  ha desplegado considerables esfuerzos para evitar su derrumbe y para ello está pensando llegar hasta la Contraloría General de la República, en atención al desarrollo de los hechos. El permiso de edificación se otorgó sobre 3 predios colindantes, entre las calles Rosas y Santo Domingo, para construir previa fusión de los mismos, 2 torres de 34 pisos, una de las cuales, la que se empina localizada con la calle Santo Domingo, ya está terminada.

En mayo de 2008, y porque posiblemente la burocracia no se percató de las fechas, este atractivo edificio conocido como de Protección Mutua se incorporó con el ánimo de protegerlo de las picotas, pero en forma extemporánea, en el listado oficial de aquellos que son clasificadoscomo de “Conservación Histórica” en el Plan Regulador Comunal (PRC) de Santiago. Es indudable que hubo una desinteligencia administrativa derivada del excesivo tiempo que se toman las instituciones públicas para resolver este tipo de materias. En este caso se otorgó un permiso de edificación en un predio que tenía un inmueble de valor arquitectónico, pero en una fecha que se estaba terminando de tramitar la protección patrimonial para el mismo. 
 
Si la Municipalidad de Santiago, en aquella época regida por el ingeniero y hombre de TV, Raúl Alcaino Lihn, hubiera adoptado las medidas preventivas de rigor para evitar que se produjera lo que estamos describiendo, la inmobiliaria de los hermanos Marambio sólo habría edificado sus torres sobre la calle Morandé,  quizás un poco más bajas, en los dos terrenos colindantes más al sur y así el edificio de la discordia se hubiera salvado.

Pues bien, en enero del año en curso, Alexis Roca Gallego, representante legal de la Inmobiliaria Morandé 2010 S.A. le solicita al DOM de Santiago que le permita demoler dicho inmueble porque allí se iba a levantar la espigada torre ya aludida y la autoridad municipal se negó a ello haciendo prevalecer la norma conservacionista amparada en el PRC y, por lo tanto, el privado recurrió al Secretario Regional Ministerial (Seremi) de Vivienda y Urbanismo en resguardo de sus intereses comerciales. La autoridad del gobierno central, teniendo a la vista sólo algunos documentos oficiales, accedió a la solicitud empresarial porque consideró que la  inmobiliaria tenía derechos adquiridos, ya que el permiso de edificación era de fecha anterior a la publicación del PRC en el Diario Oficial.     

El jueves 17 de julio pasado, diversas organizaciones de la sociedad fueron recibidas por el Seremi de Vivienda y Urbanismo para analizar la controversia, a la luz de todos los documentos asociados al caso, ello con el propósito de revertir su decisión anterior, pues el permiso de edificación del año 2008 contenía unas cuantas irregularidades, una de las cuales, la más gravitante de todas, tenía que ver con una omisión que genera un vicio de origen en el acto administrativo. En efecto, Nazareno S.A. y Comercial Cañaveral S.A.,por una misteriosa razón, no habían fusionado los 3 predios a la fecha de la solicitud del permiso, es decir, se pasó por alto una perentoria exigencia contenida en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).

No sabemos si el Seremi de Vivienda y Urbanismo reafirmará o revertirá su reciente instrucción del 8 de julio, entregada al DOM de Santiago, pero si nos ponemos en el peor de los escenarios, cabría la posibilidad de que estos empresarios, por el revuelo causado, decidan no demoler la espléndida edificación, restaurándola para los fines altruistas que ellos estimen. Perfectamente allí podrían estar, vía contrato de arriendo, oficinas públicas e incluso ciertas dependencias de la propia municipalidad.

Ya en el terreno de los fenómenos milagrosos, también sería posible que apareciera alguno de estos inversionistas muy ricos que hay en el país, ofreciéndole a la Inmobiliaria Morandé 2010 S.A. una suma de dinero que deje satisfechos a sus dueños. No conocemos el avalúo comercial del inmueble, pero para tener una idea se debe saber que éste tiene un avalúo fiscal de $ 950.000.000, menos de 2 millones de dólares, lo que es una suma corriente para aquellos que están en la cota 1.000, los mismos que tuvieron las astucias y el poder de convencimiento para desnaturalizar la Reforma Tributaria del ministro Arenas.

Será de interés público conocer el desenlace de este episodio, porque en nuestro país las más grandes asociaciones gremiales empresariales, las que cobijan a los actores económicos top, recurrentemente expresan con locuacidad que se ciñen al concepto que ellos denominan Responsabilidad Social Empresarial.

Finalmente, lo cual cabe dentro de las posibilidades, el Seremi de Vivienda y Urbanismo podría revertir su resolución anterior, lo que significaría la plena validez de la categoría de Conservación Histórica del inmueble de marras y en este contexto, si los hermanos Marambio insisten en sus expectativas mercantiles, deberían interponer un recurso de protección en contra de la Administración del Estado.

TAGS: #Inmobiliarias Patrimonio Plan Regulador

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Comentarios

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Diego Edwards Zamora

21 de julio

Lo Permisos de Edificación no son derechos adquiridos. Los derechos se tienen o no se tienen. Las personas tienen derecho a construir en terrenos privados, para lo cual piden permisos.
La Ordenanza de la Ley General de Urbanismo y Construcciones establece un plazo de tres años para que se construya el proyecto con Permiso de Edificación. Pasado este plazo sin haberse iniciado las obras, los permisos de edificación caducan (Artículo 1.4.17 OGUC).

21 de julio

Raro el título que mi amigo Patricio le puso a la columna. Si a la alcaldesa Tohá efectivamente le interesara proteger este edificio, habría hecho valer el vicio que se señala. Como no lo ha hecho, queda claro que en realidad no le interesa y que busca más bien quedar bien con la galería pero no cruzarse en los negocios de Marambio.

jose ariel

05 de agosto

como dije en otro comentario…………depredadores del medio ambiente y del patrimonio arquitectonico del pais…..inmobiliarias y constructoras…..ojo con ellos… al paso que van por el sector luego van a demoler la catedral, el edificio de correos,el edificio del congreso para construir schoppings, supermercados, mall y edificios feos y ligth………

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